Resolución Nº 322/GCABA/SSTRANS/13
Firmantes | Dietrich |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Transporte |
Fecha de la disposición | 31 de Mayo de 2013 |
VISTO:
Las Leyes Nros. 2.148 y 3.622, los Decretos Nros. 498/08, 1.220/08, y el Expediente
N° 2023817/12, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita la caducidad de la licencia de taxi N° 933,
otorgada a favor del señora Rosa Inés Romero (DNI N° 18.166.461), para la
prestación del servicio de taxímetro, con vehículo afectado dominio DTN 889;
Que según surge de la información suministrada por la empresa concesionaria SGS
ARGENTINA S.A., administradora del Registro Único del Servicio Público de
Automóviles de Alquiler con Taxímetro, la licencia N° 933 registra vencimiento de la
habilitación en fecha 15 de mayo de 2006;
Que a través de la Ley N° 2.148 se aprobó el Código de Tránsito y Transporte de la
Ciudad de Buenos Aires;
Que mediante la Ley N° 3.622 se incorporó a dicho Código, el Título Décimo Segundo
denominado "Del Servicio de Transporte Público de Pasajeros en Automóviles de
Alquiler con Taxímetro - Taxis";
Que bajo el contexto normativo referenciado precedentemente y con el objeto de
regularizar el estado de la licencia N° 933, se notificó a la titular de la misma para que
en el plazo de treinta (30) días hábiles administrativos regularice la situación de la
licencia, bajo apercibimiento de disponerse la baja de la habilitación, conforme los
términos del artículo 12.11.5 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad de
Buenos Aires;
Que el artículo 12.4.1.4 del citado Código establece, en lo que hace a la vigencia de la
licencia de taxi, que la misma será de un (1) año;
Que por su parte, el artículo 12.11.5.1 dispone: "En todos los casos de plazos
vencidos se procederá a intimar fehacientemente por un término de treinta (30) días en
el domicilio constituido o personalmente, a fin que regularice la situación. Caso
contrario, se procederá a la baja de la habilitación";
Que asimismo, el artículo 12.11.5.2 prescribe: "En el caso de no poder ser notificado
en el domicilio denunciado, no haber dado cambio de domicilio, o ser desconocido, la
Autoridad de Aplicación podrá determinar la baja de la Licencia, cuando corresponda
la misma, previa publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires";
Que tal como lo prescribe la normativa citada...
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