Resolución Nº 187/GCABA/SSJUS/13
Firmantes | Buján |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Justicia |
Fecha de la disposición | 6 de Mayo de 2013 |
RESOLUCIÓN N.° 187/SSJUS/13
Buenos Aires, 6 de mayo de 2013
VISTO:
La Ley Orgánica Notarial N° 404, el Decreto reglamentario N° 1.624/00, la Ley N°
4.013, sus modificatorias y complementarias, los Decretos N° 660/11 y 23/12, y el
expediente N° 922210/13, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el visto, el escribano Jorge Alberto Molinari, titular del
Registro Notarial N° 24, solicita, a fojas 1, que se designe como adscripto a su registro
al escribano Juan Pablo Molinari, quien presta su conformidad con dicha propuesta;
Que se encuentra acreditado que el escribano titular cumple con el requisito de
antigüedad establecido en el artículo 46, incisos a) y b), de la Ley N° 404 y el artículo
22 del Decreto reglamentario N° 1624/00, y que, conforme surge de las constancias
obrantes en autos, se ha efectuado la inspección de protocolo correspondiente al
Registro Notarial N° 24, tal como estipula el art. 13 del Decreto N° 1624/00, obteniendo
resultado favorable;
Que el escribano Juan Pablo Molinari ha obtenido un puntaje de 6 (seis) puntos en la
prueba escrita y de 8 (ocho) puntos en la prueba oral de la Evaluación de Idoneidad
para acceder a la adscripción de registros notariales, cumpliendo, por ende, con lo
dispuesto en el artículo 46, inciso c), de la ley citada;
Que se encuentran glosados los informes y certificados de los que surge el
cumplimiento de los restantes requisitos previstos en la Ley Orgánica Notarial;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido dictamen,
considerando que se ha respetado el procedimiento previsto para el caso y que no se
han encontrado objeciones que formular a lo solicitado;
Que la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación ha verificado el
cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente
resolución;
Que la Ley N° 404, en su artículo 31, dispone que compete al Poder Ejecutivo la
creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y
adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha Ley;
Que por la Ley 4.013 se aprobó la Ley de Ministerios de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 660/11, se aprobó la estructura organizativa, dependiente
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se
dispuso que, dentro de...
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