Resolución N° 159. Se integra comisión Ad-Honorem

EmisorAgencia Córdoba Cultura
Fecha de la disposición29 de Agosto de 2014
CÓRDOBA, 2 de setiembre de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCVI - Nº 146 Primera Sección
1ª
AÑO CI - TOMO DXCVI - Nº 146
CORDOBA, (R.A.), MARTES 2 DE SETIEMBRE DE 2014
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LEGISLACIÓN - NORMATIVAS
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. (0351) 434-2126/2127
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
Implementación de Programa de asistencia para
impartir y completar niveles Primario y Secundario
Resolución N° 910Córdoba, 1º de Septiembre de 2014
VISTO: El Expediente N° 0494-107001/2014, del Registro del
Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional de Educación N° 26.206, la Ley de
Educación Técnico Profesional N° 26.058 y la Ley de
Financiamiento Educativo N° 26.075, generan condiciones
institucionales para el desarrollo de la política educativa.
Que el Art. 138 de la Ley Nacional de Educación establece que
se deberán implementar programas a término para garantizar el
cumplimiento de la obligatoriedad educativa en todas las perso-
nas mayores de dieciocho años.
Que por Resolución N° 22/07 del Consejo Federal de
Educación se aprueba el Plan Federal de Educación
Permanente de Jóvenes y Adultos que plantea la necesidad de
generar condiciones de articulación entre organismos del Estado
y no gubernamentales para lograr la finalización de estudios de
mayores de dieciocho años.
Que se ha celebrado convenio de Creación de un servicio
educativo integral de Nivel Primario y Nivel Secundario para
Jóvenes y Adultos que se encuentren en tratamiento Médico de
carácter Oncológico entre el Ministerio de Educación, Hospital
Oncológico de Córdoba y la Fundación Oncológica Córdoba.
Que este acuerdo tiene por objetivo general crear las
condiciones necesarias para facilitar el acceso a las prestaciones
educativas a personas que sean asistidas en el ámbito del Hos-
pital Oncológico de Córdoba y de las personas que acompañan
a los pacientes en su tratamiento, tomando en consideración que
la educación es concebida como un bien público y un derecho
personal y social.
Que en el convenio el aludido Hospital aportará los planes y
programas vigentes para apoyar la iniciativa y la Dirección Ge-
neral de Educación de Jóvenes y Adultos determinará las
Escuelas de Nivel Primario y Secundario en las que se
implementará el Programa en cuestión.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, las facultades
conferidas en el marco de la Ley N° 10029 y su modificatoria N°
10185, lo dictaminado por el Área Jurídica de este Ministerio con
el N° 1662/14 y lo aconsejado por la Dirección de Coordinación
de Asuntos Legales a fs. 49,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- IMPLEMENTAR el Programa de asistencia
destinado a impartir y en su caso completar los niveles
Primario y Secundario a Jóvenes y Adultos que se encuentren
en situación de pacientes oncológicos en el ámbito del Hospital
Oncológico de Córdoba cuyos requisitos de admisión, escuelas
sedes, escuelas de procedencia, modos de inscripción,
designación y funciones de docentes tutores coordinadores y
régimen de evaluación obran como Anexo I compuesto de cuatro
(4) fojas; y cuyo Plan de Estudios, Título a otorgar, Programa
Presupuestario, Asignaturas y Horas Cátedra obran como Anexo
II compuesto de una (1) foja, los que forman parte integrante de
la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- DISPONER que la designación del personal
docente afectado a este Programa se realice en cada sede
por Convocatoria Abierta con carácter interino a término,
pudiéndose convocar en primera instancia a quienes ya hayan
participado en Planes, Programas o Proyectos similares de la
modalidad, según su desempeño, previa evaluación del Direc-
tor.
ARTÍCULO 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_03_r910.pdf
Para jovenes y adultos en situación de pacientes oncológicos.
MINISTERIO DE
EDUCACN
Resolución N° 159 Córdoba, 29 de Agosto de 2014
Y VISTO: Las actuaciones contenidas en el Expediente
Administrativo N° 0385-000648/2014 de esta Agencia Córdoba
Cultura S.E, en el cual se tramita la conformación de la Comisión
Ad. Honorem prevista por la Ley N° 9578 para el Régimen de
Reconocimiento Artístico - Convocatoria 2014.-
Y CONSIDERANDO:
Que Obran notas dirigidas a la Presidencia de esta Sociedad
del Estado, a la Comisión de Educación, Cultura. Ciencia,
Tecnología e Informática de la Legislatura de la Provincia de
Córdoba, a la Dirección General de Educación Superior de la
Provincia, al Rectorado de la Universidad Provincial de Córdoba,
a la Decana de la Facultad de Artes de la Universidad Nacional
de Cordoba, a la Directora del Teatro del Libertador General
San Martín, al Director del Museo Provincial de Bellas Artes
Emilio A. Caraffa, al Subdirector de la Biblioteca Córdoba,; a la
Comisión Directiva de la Sociedad Argentina de Actores y a la
Comisión Directiva de la Sociedad Argentina de Autores y
Compositores, solicitando la designación de los miembros
titulares y suplentes, como representantes de las entidades a
las que pertenecen para integrar la Comisión Ad. Honorem
prevista por el art. 10 de la Ley Provincial N° 9578.-
Que obran datos de las personas propuestas como miembros
integrantes de la Comisión Ad. Honorem por cada una de las
distintas ramas del medio artístico cultural de la Provincia de
Córdoba con su respectivo aval, de acuerdo a lo prescripto por
el art 10 párrafo primero del Decreto Reglamentario N° 1136/
09 de la Ley N° 9578.-
Que el art.9 del Decreto Reglamentario N° 1136/09 de la Ley
9578, establece que la Agencia Córdoba Cultura S.E será la
autoridad de aplicación y tendrá la atribución de convocar a la
Comisión Ad Honórem para merituar las solicitudes de
incorporación al régimen de Reconocimiento Artístico.-
Que el art- 10 párrafo tercero del Decreto de referencia dis-
pone que “La Comisión tiene la función de merituar anualmente
los requisitos que debe reunir el postulante para gozar del
reconocimiento y se expedirá mediante dictamen fundado”.-
AGENCIA CÓRDOBA
CULTURA
S
.
E
RÉGIMEN DE RECONOCIMIENTO ARTÍSTICO 2014
Se integra comisión
Ad-Honorem
CONTINÚA EN PAGINA 2

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