Resolución N° 330

EmisorMinisterio de Gobierno y Seguridad
Fecha de la disposición 6 de Agosto de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCV - Nº 129 CÓRDOBA, 7 de agosto de 20142
Decreto N° 816 Córdoba, 29 de Julio de 2014
VISTO: el Expediente Letra “C”, Nº 2, del registro del
Tribunal de Disciplina Notarial.
Y CONSIDERANDO:
Que, se propicia en las presentes actuaciones la
designación del Escribano Lucas Centeno Arias, como titu-
lar del Registro Notarial N° 711, con asiento en la ciudad de
Córdoba, Departamento Capital.
Que, el Tribunal de Disciplina Notarial informa que el notario
solicitante fue designado Adscripto al Registro cuya titularidad
pretende mediante Decreto Nº 312, de fecha 22 de abril de
2005, habiendo ejercido sus funciones en forma
ininterrumpida hasta el día 2 de julio del corriente año, fecha
en que se aceptaron las renuncias presentadas por la Titu-
lar y Adscripto respectivamente, la primera para acogerse a
los beneficios de la Jubilación Ordinaria, y el segundo para
acceder a la titularidad.
Que tanto el Colegio de Escribanos de la Provincia como
el Tribunal de Disciplina Notarial, se expiden favorablemente
respecto a la petición de autos.
Por ello, las actuaciones cumplidas, lo dispuesto por los
Arts. 17, 29, 33 correlativos y concordantes de la Ley N°
4183, lo dictaminado por Fiscalía de Estado con el N° 564/
14 y en usos de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- DESÍGNASE al Notario Lucas Centeno
Arias (M.I. Nº 24.691.760 - Matrícula Profesional N° 1919),
como Escribano Titular del Registro Notarial Nº 711 con
asiento en la Ciudad de Córdoba, Departamento Capital.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado
por los Señores Ministro de Gobierno y Seguridad y Fiscal
de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al
Tribunal de Disciplina Notarial, al Colegio de Escribanos de
la Provincia de Córdoba, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
WALTER E. SAIEG
MINISTRO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
c) Mtro. Matías Ernesto Saccone - Director Seminario de Canto de la Provincia de Córdoba;
d) Mtro. Guillermo Pellicer - (Subdirector del Coro de Cámara de la Provincia, en representación de la Agencia Córdoba Cultura S.E.);
ARTÍCULO 5º: Las pruebas de oposición se calificarán conforme lo establecido en el Capítulo II del Decreto N° 774/63.-
ARTÍCULO 6°: Las bases sobre las que calificará el Jurado se ajustarán al siguiente detalle:
- Interpretación de un Lied romántico a elección del postulante -instancia eliminatoria;
- Vocalización y lectura a primera vista -instancia eliminatoria;
- Interpretación en conjunto con miembros del Coro de Cámara de obras impuestas, las que serán entregadas sólo a los postulantes
que pasen a la tercera instancia del concurso.
- El jurado se encuentra facultado a disponer la ejecución de las instancias en el orden que considere conveniente, interrumpir la
ejecución de las mismas cuando lo considere necesario y asimismo optar por no exigir la realización de alguna de ellas.-
ARTÍCULO 7º: El ganador del concurso no podrá hacerse cargo de sus funciones hasta el dictado del instrumento legal que así lo
disponga.-
ARTÍCULO 8º: Las decisiones del jurado sólo serán apelables por vicios en el procedimiento.-
ARTÍCULO 9º: Los concursantes deberán manifestar al momento de la inscripción, con carácter de Declaración Jurada que no se
encuentran comprendidos en las incompatibilidades previstas en el Art. 177 de la Constitución de la Provincia de Córdoba, el cual
establece la imposibilidad de acumular en la misma persona dos o más empleos en las reparticiones provinciales, salvo las excepciones
allí previstas.-
ARTÍCULO 10º: PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese y archívese.-
AB. GERALDINE BALBI LIC PABLO CANEDO
VOCAL PRESIDENTE
VIENE DE TAPA
Resolución N° 330
Córdoba, 6 de Agosto de 2014
VISTO: el Expediente Nº 0423-109465/2014 del registro del
Ministerio de Gobierno y Seguridad.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se gestiona la autorización
para el llamado a Licitación Pública a fin de contratar la adquisición
de diez (10) palas retroexcavadoras 0Km, con destino a distintos
Municipios y Comunas de la Provincia de Córdoba, con un
presupuesto oficial de Pesos Diez Millones ($10.000.000,00).
Que obra la presentación efectuada por el señor Secretario de
Asuntos Municipales de este Ministerio propiciando la presente
adquisición, explicitando las especificaciones técnicas que deben
poseer dichos vehículos.
Que se incorporan los Pliegos de Condiciones Generales y
Particulares y Pliego de Especificaciones Técnicas.
Que se adjunta documento contable Nota de Pedido N° 2014/
000282, por el monto total de Pesos Diez Millones
($10.000.000,00), importe en que se estima ascenderá la
presente contratación.
Que la presente convocatoria a Licitación Pública, deberá ser
publicada en el Boletín Oficial durante tres (03) días, conforme a
las previsiones del Artículo 16 de la Ley N° 10.155 y los artículos
7.1.1.2 y 16 del Decreto N° 305/2014 e insertarse en el sitio web
oficial del Gobierno de la Provincia de Córdoba.
Que la gestión que por estos actuados se promueve, encuadra
en las disposiciones del artículo 11 de la Ley N° 10.155, y los
pliegos acompañados resultan ajustados a las previsiones del
artículo 7.1.1.1 del Decreto N° 305/2014, Reglamentario de la
citada Ley.
Por ello, normativa citada, las previsiones del Artículo 11 de la
Ley N° 10.155 y atento al Valor Índice Uno (01) fijado por Ley
N° 10.176 y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de
Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno y Seguridad bajo el
N° 478/2014,
EL MINISTRO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- AUTORÍZASE el llamado a Licitación Pública,
a fin de contratar la adquisición de diez (10) palas
retroexcavadoras 0 Km, con destino a distintos Municipios y
Comunas de la Provincia de Córdoba, en base a los Pliegos de
Condiciones Generales y Particulares y Pliego de
Especificaciones Técnicas que como Anexo I y Anexo II,
compuestos de veinte (20) y dos (02) fojas útiles respectivamente,
se acompañan y forman parte integrante de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 2º.- AUTORÍZASE a la Dirección de Jurisdicción
de Administración Financiera de esta Cartera Ministerial a fijar la
fecha del presente llamado y a determinar día y hora de apertura
de sobres.
ARTÍCULO 3°.- IMPÚTASE la suma de Pesos Diez Millones
($10.000.000,00), que se estima invertir en la presente licitación,
con cargo a Jurisdicción 1.10, Programa 100-000, Partida
10.01.01.00 - Transferencias A Municipios y Entes Comunales -
del Presupuesto Vigente, conforme a Nota de Pedido N° 2014/
000282.
ARTÍCULO 4º.- EFECTÚENSE las publicaciones de Ley en
el Boletín Oficial de la Provincia durante tres (03) días, conforme
a las previsiones del Artículo 16 de la Ley N° 10.155 y los
artículos 7.1.1.2 y 16 del Decreto N° 305/2014, e INSERTESE
en el sitio web oficial del Gobierno de la Provincia www.cba.gov.ar
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la
Dirección de Jurisdicción de Administración Financiera del
Ministerio de Gobierno y Seguridad, publíquese en el Boletín
Oficial y archívese.
WALTER E. SAIEG
MINISTRO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_14_r330.pdf
MINISTERIO DE
GOBIERNO y SEGURIDAD
Resolución N° 339 Córdoba, 20 de Mayo de 2014
VISTO: Que en el Expediente N° 0048-184220/2014 la
Empresa SARMIENTO S.R.L., solicita aprobación de horarios
de Invierno 2014 para prestar en el Servicio Regular del corredor
ALTA GRACIA - CÓRDOBA (por Ruta C45 y Colectora) y
viceversa.
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 20 la Oficina de Infraestructura del Transporte informa
que la diagramación propuesta por la permisionaria no altera el
permiso de explotación que posee la misma, con el objeto de
adecuar los horarios para cumplir en temporada de Invierno
PODER
EJECUTIVO
SECRETARÍA DE
TRANSPORTE

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