Resolución N° 286

Provincia de Buenos Aires.

MINISTERIO DE ECONOMÍA.

SUBSECRETARÍA DE HACIENDA.

Resolución N° 286.

La Plata, 29 de noviembre de 2013.

VISTO el expediente N° 2300-2418/13, por el cual se propicia la transformación en deuda pública de aquellas Letras emitidas en el marco del "Programa de Emisión de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2013" cuyo reembolso excede el ejercicio financiero 2013, la Ley Nacional N° 2.5917, las Leyes Provinciales N° 13.295, N° 13.767 y N° 14.393, los Decretos N° 3.260/08 y N° 3.264/08, las Resoluciones N° 276/12 y N° 249/13 del Tesorero General de la Provincia la Resolución del Ministerio de Economía N° 1/13, la Resolución de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía N° 271/13, las Resoluciones N° 95/13 y N° 205/13 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación, y CONSIDERANDO:

Que el artículo 76 de la Ley N° 13.767 prevé la emisión de Letras del Tesoro con el fin de cubrir deficiencias estacionales de caja, por hasta el monto que fije anualmente la Ley de Presupuesto General, facultando a la Tesorería General de la Provincia para la emisión de estos instrumentos;

Que el artículo 43 de la Ley N° 14.393 de Presupuesto para el Ejercicio 2013 fijó en la suma de pesos tres mil millones ($ 3.000.000.000) o su equivalente en moneda extranjera, el monto máximo para autorizar a la Tesorería General de la Provincia a emitir Letras del Tesoro en los términos del artículo 76 de la Ley N° 13.767 y estableció que podrán ser emitidas por un plazo máximo de hasta trescientos sesenta y cinco (365) días contados a partir de la fecha de su emisión, pudiendo su reembolso exceder el ejercicio financiero de emisión, debiendo en tales casos dar cumplimiento con los requisitos que establece el Título III de la Ley mencionada;

Que asimismo el artículo 61 de la Ley N° 14.393 incorporó a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto N° 10.189 la autorización para que la Tesorería General de la Provincia emita Letras del Tesoro en los términos del artículo 76 de la Ley N° 13.767, al sólo efecto de cancelar las Letras emitidas en el marco del Programa de Emisión de Letras del Tesoro del ejercicio anterior, por hasta la suma autorizada en dicho Programa;

Que conforme a lo establecido por el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR