Resolución N° 130

EmisorSecretaría de Transporte
Fecha de la disposición17 de Julio de 2014
CÓRDOBA, 7 de octubre de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCVII - Nº 172 Primera Sección 7
y Decreto Reglamentario N° 254/03.
Por ello, la normativa citada y lo dictaminado
por la Dirección General de Operaciones bajo el
N° 297/2014,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
R E S U E L V E
Artículo 1º.- DEJAR sin efecto, a mérito de la
renuncia presentada por la señora Alicia Josefa
FONTANA -D.N.I. N° 11.620.347-, el permiso
de explotación que le fuera conferido por
Resolución N° 100/1999, para que prestara un
Servicio Regular Contratado para el transporte
de obreros y/o empleados de la firma JUAN
MINETTI S.A., mediante contratación previa y
con recorrido permanente, entre las localidades
de CORDOBA-MALAGUEÑO y viceversa, con
centro en la Ciudad de CORDOBA.
Artículo 2º.- AUTORIZAR la baja del parque
móvil que estuviera afectada al servicio que
prestaba la señora Alicia Josefa FONTANA, cuyos
datos identificatorios se detallan:
- Marca Renault, modelo del año 1995, chasis
Nº 8A1TA1CUZRSOO1022, motor N°
RR02606770220694, de 12 asientos, Dominio
Nº ABX 176, chapa MOP Nº O 337.
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuní
quese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese,
dese copia al Ente Regulador de Servicios
Públicos, pase al Registro de Prestatarios y
archívese.
LIC. GABRIEL BERMUDEZ
SECRETARIO DE TRANSPORTE
Resolución N° 130
Córdoba, 17 de Julio de 2014
VISTO: El expediente Nº 0048-184395/2014
mediante el cual el señor Williams José
GALLARDO solicita se le otorgue la pertinente
autorización para explotar un Servicio Especial,
Obrero y Escolar de transporte de pasajeros,
con centro en la ciudad de Córdoba y bajo la
denominación de "HIPAGUI TRANSPORTE".
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Jurisdicción de Planificación
y Control y la Dirección de Jurisdicción de
Organización y Gestión, informan que el
requirente ha cumplimentado con las exigencias
a verificar por las áreas bajo su jurisdicción para
prestar el citado servicio, correspondiendo
autorizar el permiso de que se trata y la
incorporación del parque móvil propuesto.
Que el peticionante solicita la incorporación de
la unidad Dominio N° NJP 010, inscripta en el
Registro Nacional de la Propiedad del Automotor
con fecha 20/11/2013.
Que por su parte el señor Director General de
Transporte manifiesta que se encuentran reunidos
todos los presupuestos para la viabilidad del
pedido y se ha observado todo el procedimiento
pertinente con la documentación respaldatoria del
caso, por lo que considera que puede hacerse
lugar a lo solicitado.
Que el servicio de transporte Especial, Obrero
y Escolar se encuentra normado en el Artículo
9°, inciso "D", apartado 1 de la Ley N° 8669.
Que el Artículo 40° inciso E del Decreto N° 254/
03, faculta a esta Secretaría a otorgar el presente
permiso excepcional y precario, por el término
de DOS (2) años a partir del dictado de la
Resolución.
Que se trata de un permiso nominativo e
intransferible por un plazo fijo, pudiendo ser
revocado por Resolución fundada en cualquier
momento.
Por ello, la normativa citada y lo dictaminado
por la Dirección General de Operaciones bajo el
N° 619/2014,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- AUTORÍCESE al señor Williams
José GALLARDO, D.N.I. N° 12.377.649, C.U.I.T.
N° 20-12377649-7, Ingresos Brutos Exento, con
domicilio en calle Cajamarca N° 1678, Barrio
Santa Isabel Segunda Sección de la Ciudad de
Córdoba, para que en forma excepcional y
precaria preste por el término de DOS (2) años,
un Servicio Especial, Obrero y Escolar con centro
en la Ciudad de Córdoba y bajo la denominación
de "HIPAGUI TRANSPORTE".
Artículo 2º.- AUTORÍCESE la incorporación
al servicio otorgado al señor Williams José
GALLARDO, del siguiente parque móvil:
- Marca Mercedes Benz, modelo del año 2013,
chasis Nº 8AC906633EE087559, motor Nº
651955W0025565, de 15 asientos, Tacógrafo
Digitac 21076, Dominio Nº NJP 010,
adjudicándole la chapa MOP Nº E 2958.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuní
quese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese,
dese copia al Ente Regulador de los Servicios
Públicos, pase al Registro de Prestatarios y
archívese.
LIC. GABRIEL BERMUDEZ
SECRETARIO DE TRANSPORTE
Resolución N° 131
Córdoba, 17 de Julio de 2014
VISTO: El expediente Nº 0048-184138/2014
mediante el cual el señor Amado Lindor SABIR
solicita le sea aceptada la renuncia al permiso de
explotación que le fuera concedido por
Resolución N° 016/2006, para prestar un
Servicio Especial Restringido, con centro en
CORDOBA y bajo la denominación de "SABIR
TURISMO".
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Jurisdicción de
Organización y Gestión informa que el requirente
ha cumplimentado con los requisitos propios del
área, estimando que puede aceptarse la renuncia
al permiso de explotación y proceder a la baja
del parque móvil afectado a dicho servicio.
Que la Dirección de Jurisdicción de Planificación
y Control expresa que el permisionario no
registra deuda en concepto de Tasa Retributiva
de Servicios y acredita los Depósitos de Garantía.
Que por su parte el señor Director General de
Transporte considera que puede darse
continuidad al trámite de autos.
Que conforme las constancias obrantes en au-
tos, no existen objeciones legales para autorizar
la renuncia al permiso de explotación, de
conformidad a lo establecido por la Ley N° 8669
y Decreto Reglamentario N° 254/03.
Por ello, la normativa citada y lo dictaminado
por la Dirección General de Operaciones bajo el
N° 519/2014,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
R E S U E L V E
Artículo 1º.- DEJAR sin efecto, a mérito de la
renuncia presentada por el señor Amado Lindor
SABIR -D.N.I. N° 7.970.156, el permiso de
explotación que le fuera conferido por Resolución
N° 016/2006, para que prestara un Servicio Es-
pecial Restringido con centro en CORDOBA y
bajo la denominación de "SABIR TURISMO".
Artículo 2º.- AUTORIZAR la baja del parque
móvil que estuviera afectada al servicio que
prestaba el señor Amado Lindor SABIR, cuyos
datos identificatorios se detallan:
- Marca Mercedes Benz, modelo del año 1992,
chasis Nº 390013-11-094908, motor Nº
AD00811, de 45 asientos, Tacógrafo Digitac
T12485, Dominio Nº TKS 643, chapa MOP Nº
ER 1944.
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuní
quese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese,
dese copia al Ente Regulador de Servicios
Públicos, pase al Registro de Prestatarios y
archívese.
LIC. GABRIEL BERMUDEZ
SECRETARIO DE TRANSPORTE
Resolución N° 132
Córdoba, 17 de Julio de 2014
VISTO: El expediente Nº 0048-184305/2014
mediante el cual el señor Humberto Ángel
BUONO solicita le sea aceptada la renuncia al
permiso de explotación que le fuera concedido
por Resolución N° 266/2006, para prestar un
Servicio Especial Restringido de transporte de
pasajeros, con centro en CAPILLA DEL MONTE
y bajo la denominación de "VIAJES ANGEL".
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Jurisdicción de
Organización y Gestión informa que el requirente
ha cumplimentado con los requisitos propios del
área, estimando que puede aceptarse la renuncia
al permiso de explotación y proceder a la baja
del parque móvil afectado a dicho servicio.
Que la Dirección de Jurisdicción de Planificación
y Control expresa que el permisionario no
registra deuda en concepto de Tasa Retributiva
de Servicios y no acredita los Depósitos de
Garantía.
Que por su parte el señor Director General de
Transporte considera que puede darse
continuidad al trámite de autos.
Que conforme las constancias obrantes en au-
tos, no existen objeciones legales para autorizar
la renuncia al permiso de explotación, de
conformidad a lo establecido por la Ley N° 8669
y Decreto Reglamentario N° 254/03.
Por ello, la normativa citada y lo dictaminado
por la Dirección General de Operaciones bajo el
N° 511/2014,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
R E S U E L V E
Artículo 1º.- DEJAR sin efecto, a mérito de la
renuncia presentada por el señor Humberto
Ángel BUONO -D.N.I. N° 92.036.899-, el permiso
de explotación que le fuera conferido por
Resolución N° 266/2006, para que prestara un
Servicio Especial Restringido de transporte de
pasajeros con centro en CAPILLA DEL MONTE
y bajo la denominación de "VIAJES ANGEL".
Artículo 2º.- AUTORIZAR la baja del parque
móvil que estuviera afectada al servicio que
prestaba el señor Humberto Ángel BUONO,
cuyos datos identificatorios se detallan:
- Marca Fiat, modelo del año 1992, chasis Nº
ZFA29000000245163, motor Nº
149B10001030422, de 12 asientos, Tacógrafo
Digitac 11485, Dominio Nº SYB 044, chapa
MOP Nº ER 1994.
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial,
notifíquese, dese copia al Ente Regulador de
Servicios Públicos, pase al Registro de
Prestatarios y archívese.
LIC. GABRIEL BERMUDEZ
SECRETARIO DE TRANSPORTE
Resolución N° 147
Córdoba, 18 de Julio de 2014
VISTO: El expediente Nº 0048-184917/2014
mediante el cual el Sr. Agustín David ARCE, en
representación de la empresa TRANSPORTE
ARCE S.R.L, solicita autorización para la
implementación de un servicio de transporte
público de pasajeros con partida desde la localidad
de Chacho hasta la Ciudad de Cruz del Eje,
Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que la empresa en cuestión efectúa la presente
solicitud fundamentada en la necesidad de
comunicación con la localidad de Chacho,
cubriéndose con una prestación de servicios de
mayor frecuencia y ajustado a los requerimientos
de la vida cotidiana de la población.
Que el requirente acompaña copia del Contrato
Social, de donde surge que la firma
TRANSPORTE ARCE S.R.L se encuentra
radicada en la localidad de Villa Santa Rita de
Catuna, Departamento General Francisco Anto-
nio Ortiz de Ocampo, Provincia de La Rioja.
Que en autos obra informe del Departamento
Técnico a través del cual se desprende que a los
fines del otorgamiento del permiso deberá tenerse
en cuenta el estado de las rutas dentro del
territorio provincial, en virtud de lo establecido
por la normativa vigente en cuanto a que el
servicio no puede ser prestado fuera del límite de
la Provincia.
Por lo que en consecuencia, deberá tenerse

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