Resolución N° 11

EmisorSecretaría de Desarrollo Estratégico
Fecha de la disposición14 de Mayo de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCII - Nº 76 CÓRDOBA, 23 de mayo de 20144
EL MINISTRO DE COMUNICACIÓN
PÚBLICA Y DESARROLLO ESTRATÉGICO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: FORMALÍZASE la modificación
en la asignación de Recursos Financieros de
este Ministerio, de conformidad con el documento
de autorización de modificación de crédito
presupuestario, correspondiente al mes de marzo
del año 2014, el que como Anexo Único,
compuesto de una (1) foja forma parte de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 2: PROTOCOLÍCESE, comuní-
quese a la Dirección General de Presupuesto e
Inversiones Públicas, al Tribunal de Cuentas de
la Provincia y a la Legislatura, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
JORGE A. LAWSON
MINISTRO DE COMUNICACIÓN Y
DESARROLLO ESTRATÉGICO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_17_r38.pdf
SECRETARÍA DE
DESARROLLO ESTRATÉGICO
Resolución N° 7 Córdoba, 16 de Abril de 2014
VISTO: El expediente Nº 0696-106342/2014 en el que se tramita la reconducción de compromisos
no devengados en el ejercicio del año 2013.
Y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al Artículo 88 de la Ley Nº 9086, los gastos comprometidos y no devengados al
día treinta y uno de diciembre de cada año, deberán ser desafectados, autorizándose a que dichos
gastos, de considerarse necesario, se vuelvan a imputar con cargo a los créditos previstos en la Ley
de Presupuesto General de la Administración Pública Provincial correspondiente al ejercicio del año
siguiente al de su caducidad.
Que al cierre del ejercicio del año dos mil trece, resultaron con saldos documentos de contabilidad,
tipo Orden de Compra, emitidos para ser devengados en el ejercicio mentado; consecuentemente se
libraron los respectivos documentos de ajuste a efectos de su desafectación.
Que resulta necesario imputar dichos compromisos no devengados, desafectados, ahora con
cargo al presupuesto vigente.
Por lo expuesto, actuaciones cumplidas, lo dispuesto por los artículos 80, 81 y 88 de la Ley Nº
9086; Decreto N° 1387/2013, ratificado por Ley N° 10.185; Decreto N° 1445/2013 y lo dictaminado
por el Servicio Jurídico dependiente de este Ministerio, bajo el Nro.16/2013;
EL SECRETARIO DE DESARROLLO ESTRATÉGICO DEL MINISTERIO DE
COMUNICACIÓN Y DESARROLLO ESTRATÉGICO:
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- IMPUTASE el saldo de las Órdenes de Compra, en cuanto gasto comprometido
no devengado en el ejercicio del año dos mil trece, a los Programas, Subprogramas y Partidas del
presupuesto vigente, de conformidad al Anexo I, el que con una (1) foja útil, forma parte de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia,
comuníquese a Contaduría General de la Provincia, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
MGTER. ROQUE M. SPIDALIERI
SECRETARIO DE DESARROLLO ESTRATÉGICO
MINISTERIO DE COMUNICACIÓN Y DESARROLLO ESTRATÉGICO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_17_r7.pdf
Resolución N° 11 Córdoba, 14 de Mayo de 2014
VISTO: El expediente Nº 0696-107081/2014 en el que se tramita la reconducción de compromisos
no devengados en el ejercicio del año 2013.
Y CONSIDERANDO:
Que la Directora de Jurisdicción de Administración de este Ministerio remite las actuaciones a los
fines de tramitar la reconducción de compromisos 2013.
Que de acuerdo al Artículo 88 de la Ley Nº 9086, los gastos comprometidos y no devengados al
día treinta y uno de diciembre de cada año, deberán ser desafectados, autorizándose a que dichos
gastos, de considerarse necesario, se vuelvan a imputar con cargo a los créditos previstos en la Ley
de Presupuesto General de la Administración Pública Provincial correspondiente al ejercicio del año
siguiente al de su caducidad.
Que oportunamente se han emitido en el ejercicio 2013 documentos de contabilidad tipo Orden de
Compra que se detallan en el Anexo I de esta resolución.
Que para las Órdenes de Compra que quedaron con saldo al cierre del ejercicio 2013, se
emitieron los respectivos documentos de Ajustes de Órdenes de Compra a efectos de cancelar esos
saldos.
Que conforme a lo manifestado a fs. 3 resulta necesario reimputar los saldos de las citadas Órdenes
de Compra para el ejercicio 2014, por los montos detallados en el Anexo.
Por lo expuesto, actuaciones cumplidas, lo dispuesto por los artículos 80, 81 y 88 de la Ley Nº 9086
y lo dictaminado por el Servicio Jurídico dependiente de este Ministerio, bajo el Nro. 33/2014;
EL SECRETARIO DE DESARROLLO ESTRATÉGICO DEL MINISTERIO DE
COMUNICACIÓN PÚBLICA Y DESARROLLO ESTRATÉGICO:
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- REIMPUTESE el saldo de las Órdenes de Compra comprometidos no devengados
en el Ejercicio 2013, imputándolos a los programas, Subprogramas y Partidas del presupuesto
vigente, de conformidad con el Anexo, el que con una (1) foja útil, forma parte de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia,
comuníquese a Contaduría General de la Provincia, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
MGTER. ROQUE M. SPIDALIERI
SECRETARIO DE DESARROLLO ESTRATÉGICO
MINISTERIO DE COMUNICACIÓN Y DESARROLLO ESTRATÉGICO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_17_r11.pdf
MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL
Resolución N° 248 Córdoba, 14 de Mayo de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0427-040668/2013 en el que la Dirección de Sistemas de este Ministerio,
informa que se ha constatado que diversos equipos de computación y máquinas de escribir se encuentran
en estado total de deterioro.
Y CONSIDERANDO: Que obra en las presentes actuaciones, nota que incoa la gestión de la que se
desprende que el deterioro de dichos equipos es del 100%, no pudiendo ser reparados ni recuperados.
Asimismo, manifiesta que los referidos artículos contienen componentes contaminantes (silicio y otros
metales pesados), nocivos para la salud y el medio ambiente. Seguidamente se incorpora listado
detallado de los bienes antes referenciados.
Que a fojas 7 de autos, la Jefatura de Área Patrimonial y Control de Inventario, considera conveniente
propiciar la declaración en condición de rezago de los bienes antes mencionados. Asimismo, dichos
bienes se encuentran depositados en el sótano de edificio del Complejo “Pablo Pizzurno”, sito en Av.
Vélez Sarsfield N° 2311 (pasillo en paralelo a esa avenida), entendiendo que los mismos constituyen un
serio peligro ante un potencial riesgo eléctrico y/o de incendio, como también la imperiosa necesidad de
poder disponer del espacio físico que ellos ocupan.
Que a fojas 8 de autos obra nota del Laboratorio de Investigación Aplicada y Desarrollo (L.I.A.D.E.)
-Departamento Electrónica dependiente de la Facultad de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales de la
Universidad Nacional de Córdoba, en la que informa que es factible recibir el mencionado equipamiento
para ser empleado con fines académicos dentro de la Universidad y/o entregado en forma gratuita a
instituciones sin fines de lucro para promover su uso y aprovechamiento en los procesos educativos.
Asimismo los equipos que no sean pasibles de reutilización serán entregados para su correctotratamiento
según normas y estándares internacionales ala empresa PROTEA S.A. (3 R Ambiental).
Que del informe efectuado por la Dirección de Sistemas de este Ministerio se determina que los
elementos citados no contienen información atinente a la función pública.
Que en virtud de las disposiciones del Artículo 131 del Decreto N° 525/95, reglamentario de la Ley
7631 y Artículos 141 inciso 2) y 150 de la Resolución N° 000004/2011 de la Secretaría de Administración
Financiera del Ministerio de Finanzas, corresponde declarar en condición de rezago los bienes muebles
en cuestión.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio bajo Nº 572/
2014 y el Informe N° 10-247/13 de Contaduría General de la Provincia,
EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- DECLÁRENSE en condición de rezago los bienes muebles detallados en las planillas,
que compuestas de cinco (5) fojas forman parte integrante de la presente Resolución como Anexo I.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLICESE, publíquese en el Boletín Oficial dése intervención a Contaduría
General de la Provincia, comuníquese, notifíquese y archívese.-
DR DANIEL A. PASSERINI
MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_07_r248.pdf

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