Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 11 de Octubre de 2018, expediente CFP 012001/2017/1/CA001

Fecha de Resolución11 de Octubre de 2018
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 12001/2017/1/CA1 CCCF -Sala I-

CFP 12001/2017/1/CA17 “E N S s/ legajo de apelación”

Juzgado 3 - Secretaría 6 Buenos Aires, 11 de octubre de 2018.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa de E N S contra el auto que decretó el procesamiento sin prisión preventiva del nombrado, por considerarlo “prima facie” autor de los delitos de defraudación mediante uso de tarjeta de débito en grado de tentativa en concurso ideal con tenencia ilegítima de documento nacional de identidad, ambos en concurso real con tenencia ilegítima de documento nacional de identidad (ver fs. 1/13).

  2. En particular, esa parte precisó que las constancias del sumario no permiten sostener la existencia de los elementos del tipo objetivo, pues el medio utilizado por S –

    primero una licencia de conducir y luego un DNI y no una tarjeta de débito como sostuvo el instructor- resultó ser inidoneo para sus fines, es decir, que descartó cualquier posibilidad de perjuicio al bien jurídico tutelado. Ello en razón de que la entidad bancaria se percató al instante de que la documentación presentada por el nombrado no le pertenecía.

    Con relación al delito de tenencia del DNI de F, sostuvo que no existen elementos en autos que permitan suponer la Fecha de firma: 11/10/2018 Alta en sistema: 12/10/2018 supuesta ilegitimidad en la tenencia de la documentación. El Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: P.D.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: A.M.C.J., SECRETARIA DE CAMARA #32581162#218725931#20181011103926645 mismo argumento utilizó para desvirtuar la imputación relativa a la tenencia del DNI de S.

    En base a ello solicitó el sobreseimiento de su ahijado procesal por considerar que las conductas descriptas resultan atípicas.

  3. Para comprender acabadamente lo peticionado, corresponde realizar una síntesis de lo acaecido en este expediente.

    Se iniciaron las actuaciones el 09 de agosto de 2017 en virtud de lo ocurrido ese día en la sucursal del Banco Galicia ubicada sobre Av. Corrientes #### de esta ciudad. En esa oportunidad, se presentó el imputado en una de las cajas y solicitó, exhibiendo una licencia de conducir a nombre de F J F, la entrega de $8.000. Sin perjuicio de que la suma requerida coincidía con el monto existente en la caja de ahorros, la empleada le...

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