Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 11 de Noviembre de 2016, expediente CFP 011568/2016/1/CA001

Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2016
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 11568/2016/1/CA1 CFP 11568/2016/1/CA1 “N.N s/ incompetencia”.

J.. Fed. n° 4 – S.. n° 8.

Buenos Aires, 11 de noviembre de 2016.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- El Tribunal debe expedirse sobre el recurso de apelación de la fiscalía contra la decisión que en copias luce a fs. 1/17, que declaró la incompetencia en la causa, remitiéndola a la justicia nacional en lo penal económico.

II- La ley y la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación atribuyen competencia al fuero en lo penal económico para la investigación de los delitos previstos en el Código Aduanero y sus conexos -es decir, cuando medien los supuestos del art. 41, CPPN- (Fallos 287:441). Esta Sala se ha expedido en casos análogos conforme esos lineamientos (c. n° 29.426 “N.N. s/ inhibitoria”, reg. n° 31.917 del 16/9/10); también lo hizo la Cámara Federal de Casación Penal (SII, c. n° 3673 “Menem”, reg. n° 4643 del 6/12/01).

Partiendo de tales premisas, la decisión del juez resulta correcta. Es que, sin perjuicio de las disquisiciones que pudieren efectuarse sobre los acontecimientos denunciados y sus eventuales encuadres, el eje de las hipótesis planteadas al impulsarse la instrucción está puesto en maniobras de contrabando y en supuestas actividades íntimamente vinculadas.

Ello, por lo dicho, es dirimente para definir la cuestión, sin que los agravios del...

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