Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 2 de Agosto de 2023, expediente CNT 036232/2022/CA001

Fecha de Resolución 2 de Agosto de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL

TRABAJO - SALA X

SENT. INT. EXPTE. Nº 36232/2022/CA1

(63130)

SALA X JUZGADO Nº 47

AUTOS: “MUSCHETTO, SOFIA C/ SER TV PRODUCCIONES S.A. Y

OTROS S/DESPIDO”

Buenos Aires 02-08-2023

VISTO:

El recurso deducido por la actora contra la resolución de fecha 30/03/23.

Y CONSIDERANDO:

I- Que la magistrada de primera instancia denegó el pedido de prueba anticipado formulado por la actora consistente en el reconocimiento judicial virtual y pericia informática sobre la cuenta oficial de Instagram de la demandada y sobre la cuenta de mail personal de la actora.

Tal decisión motivó la queja del actor quien entiende que en la resolución apelada se ha realizado una interpretación excesivamente restrictiva y errónea para la producción de la medida requerida por lo que solicita su revocatoria.

II- Que el Tribunal entiende que cabe confirmar la decisión adoptada en la instancia de grado.

Ello así toda vez que lo peticionado no excede las pautas de razonabilidad, urgencia y utilidad que nutren la norma de excepción que rige el instituto de la prueba anticipada (art. 326 inc. 4º del CPCCN) que debe entenderse orientado a hacer viables medidas probatorias anticipadas cuando exista temor o amenaza justificada de que la espera del período probatorio dentro del proceso pueda tornar a aquella irrealizable o de dificultosa producción, circunstancia que fue invocada en la presentación bajo análisis.

Se advierte, entonces, que no se encuentran configurados en el caso los presupuestos establecidos en los arts. 326 y 221 CPCCN para la viabilidad de una medida como la peticionada. Es que cabe imprimir el carácter restrictivo de dicha medida por cuanto de otro modo, se correría el riesgo de vulnerar la igualdad de las partes en el proceso y la garantía de defensa en juicio sin la plenitud del contradictorio, máxime cuando existen otros medios probatorios a los fines pretendidos (v. en igual sentido CNAT Sala X Expte N° 31.853/2010

Sent. Int. N° 18.222 del 16/2 /2011 “M., M.c.C., M.R. s/diligencia preliminar”).

Fecha de firma: 02/08/2023

Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.P.S., SECRETARIO DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL

TRABAJO - SALA X

Por las razones expuestas y tal como fue anticipado, cabe confirmar la resolución apelada.

En consecuencia, el Tribunal

RESUELVE:

1) Confirmar la...

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