Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 28 de Junio de 2019, expediente CNT 028065/2017/CA001

Fecha de Resolución28 de Junio de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA X SENT. DEF. EXPTE. Nº CNT 28065/2017/CA1 (48371)

JUZGADO Nº: 42 SALA X AUTOS: “M.G.J. C/ RELART LATINO AMERICA S.R.L. Y OTROS S/ DESPIDO”

Buenos Aires, 28 de junio de 2019 El Dr. G.C. dijo:

I- Vienen estos autos a conocimiento de esta alzada con motivo de los agravios vertidos por la parte actora contra la sentencia dictada a fs. 223/226 a mérito del memorial obrante a fs. 227/229 con réplica de la codemandada Relart Latinoamerica S.R.L. a fs. 231/232.

II- El Sr. Juez de grado, luego de analizar las prueban rendidas en autos, concluyó que el actor no logró demostrar el vínculo laboral alegado en el inicio.

Se agravia el recurrente alegando que no se aplicó en autos la presunción prevista por la ley para el caso de silencio del empleador, toda vez que las demandadas no dieron respuesta a la intimación que concretamente efectuó y por lo que no tuvo más opción que dar por finalizado el vínculo. Asimismo, dice que corresponde modificar la sentencia pues de la causa surge debidamente acreditado el contrato de trabajo denunciado en el inicio, y para ello hace referencia a las declaraciones testimoniales producidas en autos y lo informado a fs. 180/vta.

Cabe recordar que al responder la acción los accionados negaron en forma categórica el vínculo laboral denunciado por el actor, por lo que corresponde en primer término analizar si, efectivamente, con la prueba rendida en autos el recurrente logró

demostrar que efectivamente prestó servicios para los demandados en las condiciones que detallara en la demanda.

Fecha de firma: 28/06/2019 Alta en sistema: 02/08/2019 Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA #29783719#238393386#20190628110311569 Luego de examinar los agravios vertidos en el memorial y las pruebas producidas en el pleito, arribo a idéntica conclusión que el sentenciante de grado.

Para así establecerlo estimo que las declaraciones testimoniales ofrecidas por la parte actora, analizadas conforme lo determinado por los arts. 90 L.O. y 386 C.P.C.C.N., resultan insuficientes para acreditar la relación laboral invocada por el Sr.

M.. Me explicaré.

A fs. 197 declaró el Sr. O.A. (propuesto por la parte actora), quien dijo conocer al actor de la boletería del teatro, cuando el testigo fue comprar la entrada y que no recuerda el horario que fue por la tarde. También explicó que cuando fue “a ver la obra lo hizo a la noche, no se acuerda bien...

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