Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 22 de Junio de 2016, expediente Rc 119866

PresidenteKogan-Negri-Pettigiani-de Lázzari
Fecha de Resolución22 de Junio de 2016
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
  1. 119.866 "Municipalidad de Berazategui contra Procter & Gamble Argentina S.R.L.. Apremio".

//Plata, 22 de junio de 2016.

AUTOS Y VISTO:

  1. T. al representante de la parte actora por cumplida -con la presentación efectuada a fs. 416- la intimación dispuesta a fs. 415.

  2. El apoderado de la demandada interpone recurso extraordinario federal contra el pronunciamiento de esta Corte que -por un lado- rechazó el de nulidad por haberse planteado agravios desestimados por el Tribunal en otros casos sustancialmente análogos y -por el otro- declaró mal concedido el de inconstitucionalidad oportunamente articulado (arts. 31 bis, ley 5827, texto según ley 13.812 y 299, C.P.C.C.; fs. 391/405 y 384/386, respectivamente).

    En el marco del presente juicio de apremio incoado por la Municipalidad de Berazategui contra la firma "Procter & Gamble Argentina S.R.L.", la Cámara interviniente confirmó la sentencia de primera instancia que -a su turno- desestimara las excepciones de inhabilidad de título y prescripción, así como el planteo de inconstitucionalidad interpuestos por la parte ejecutada y, consecuentemente, mandó llevar adelante la ejecución por la suma indicada (fs. 284/293 y 335/340 vta.).

    En la vía ahora intentada, el impugnante funda la cuestión federal en las doctrinas de la arbitrariedad de sentencia y de la gravedad institucional. Asimismo, invoca la violación de los principios de legalidad y razonabilidad y de las garantías constitucionales de defensa en juicio, propiedad y debido proceso (arts. 4, 14, 16, 17, 18, 19, 28, 33 y 75 incs. 2 y 12, C.. nac.; fs. 395/vta. 396 vta./398).

    1. Sostiene que la sentencia en crisis omitió analizar la procedencia de la excepción de inhabilidad de título planteada con base en la inexistencia manifiesta de deuda, tanto por la ausencia de publicación previa de la ordenanza que sustentó el reclamo comunal, como por la falta de configuración del hecho imponible. Esto último en virtud de que -afirma- la empresa demandada no posee local o inmueble en la localidad de Berazategui, ni es sujeto pasivo de los derechos de publicidad y propaganda reclamados (fs. 395/397 vta. y 399 vta./402).

      La postura asumida provoca, a su modo de ver, una vulneración de los derechos de defensa en juicio y debido proceso y configura -a su vez- un supuesto de gravedad institucional por cuanto se confirma una sentencia nula que se aparta de la doctrina sentada por la Corte nacional en los precedentes que cita y entiende atinentes (fs...

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