Víctor Julio MOSZEL Y Samuel HANA S/ PRESUNTA EVASION DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Fecha de disposición20 Diciembre 2012
Fecha de publicación20 Diciembre 2012
SecciónCuarta Sección - Judiciales

El Juzgado Nacional en lo Penal Económico N 7, Secretaría N 13, notifica a Víctor Julio MOSZEL (D.N.I. Nº 4.534.897) y a Samuel HANA (D.N.I. Nº 10.122.803): “Buenos Aires, 12 de diciembre de 2012. AUTOS Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: I.- SOBRESEER PARCIALMENTE a Víctor Julio MOSZEL (D.N.I. Nº 4.534.897) y a Samuel HANA (D.N.I. Nº 10.122.803), con relación a la presunta evasión del pago del impuesto al Valor Agregado correspondiente a los ejercicios anuales 1992, 1993 y 1994 de “SCHMILL S.R.L.”, al ejercicio anual 1995 de “ANGELO PAOLO ENTRERRIANA S.A.”, a los ejercicios anuales 1993 y 1994 de “M Y A S.R.L.”, al ejercicio anual 1994 de “S Y M S.R.L.” y de los aportes a la seguridad sociales correspondientes al período 12/1994 de “M Y A S.R.L.” y a los períodos 9/1994 a 12/1994 de “S Y A S.R.L.”, porque aquellos hechos no encuadran en una figura legal (artículo 336 inciso 3º, del C.P.P.N., 1, 2 y 7 de la ley Nº 24.769, según ley Nº 26.735, 2 del Código Penal, 18 y 75 inciso 22, de la Constitución Nacional y 9 de la C.A.D.H.). II.- DECLARAR que la formación del presente sumario, no afecta el buen nombre y honor del cual hubieren gozado Víctor Julio MOSZEL y Samuel HANA (artículo 336 último párrafo, del C.P.P.N.). III.- DECLARAR PARCIALMENTE EXTINGUIDA POR PRESCRIPCION la acción penal instada contra Víctor Julio MOSZEL (D.N.I. Nº 4.534.897) y a Samuel HANA (D.N.I. Nº 10.122.803), con relación a la presunta evasión del pago del impuesto al Valor Agregado, correspondiente a los ejercicios anuales 1993 y 1994 de “ANGELO PAOLO ENTRERRIANA S.A.”, y en consecuencia, SOBRESEER PARCIALMENTE a los nombrados en orden a los hechos mencionados (artículos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR