Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 21 de Abril de 2023, expediente CAF 010371/2023/CA001

Fecha de Resolución21 de Abril de 2023
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA V

10371/2023

MORETTI, DANIEL JORGE-TF 46206-I c/ DIRECCION

GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE

ORGANISMO EXTERNO

Buenos Aires, de abril de 2023.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

El Sr. Juez de Cámara, Dr. P.G.F., dijo:

I.-Que por decisorio del 26/8/22, el Tribunal Fiscal de la Nación resolvió hacer lugar parcialmente a la repetición intentada por D.J.M., relativa a la suma que le había sido retenida indebidamente por su empleador en concepto de Impuesto a las Ganancias sobre los diversos rubros percibidos con motivo de la extinción del vínculo laboral, con más los intereses calculados desde la fecha de interposición del reclamo administrativo, liquidados a la tasa pasiva promedio publicada mensualmente por el BCRA, con costas.-

II.-Que el 14/10/22 apeló la parte actora,

mientras que el 18/10/22 hizo lo propio la demandada, quienes expresaron agravios los días 6/11/22 y 09/11/2022 respectivamente, los que fueron contestados por ambas partes el 6/2/23. El 28/3/23 se llamaron autos a sentencia.-

  1. Que la parte demandada desistió

parcialmente de su apelación y la mantuvo exclusivamente respecto de la tasa de interés fijada y de la condena en costas en la anterior instancia. Por su parte, la actora se agravia también de la tasa de interés fijada por el Tribunal Fiscal de la Nación por considerarla exigua.-

IV.-Que como lo ha puesto de relieve esta Sala en la causa nro. 64951/22: “Oleaginosa Moreno Hermanos SA. c/ DGA s/

Recurso directo de Organismo Externo”, sentencia del 14/02/23: “Que en lo relacionado con la tasa de interés aplicable, concretamente en orden a determinar si resulta razonable adicionar a las sumas cuya restitución fue admitida, la tasa de interés prevista en la resolución n° 314/04 del ex Fecha de firma: 21/04/2023

Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: PABLO GALLEGOS FEDRIANI, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: TOMAS BRANDAN, SECRETARIO DE CAMARA

Ministerio de Economía y Producción, o bien si ella conduce a una solución manifiestamente irrazonable, corresponde remitir a lo expuesto por esta Sala V en las causas “Osram Argentina SACI c/EN-AFIP-DGI

Resol. 30/11 s/Dirección General de Aduanas”, expte. n° 15.885/2011, del 17 de agosto de 2017, “Driollet Laspiur, R.c.s.ón General Impositiva”, expte. n° 29.472/2014, del 13 de diciembre de 2017,

Oleaginosa Moreno Hermanos SAC c/Administración Nacional de Aduanas s/recurso directo de organismo externo

, expediente n°

8070/2018, del 5 de septiembre de 2018, entre muchas otras, en las que se concluyó que deben ser adicionados los intereses a la tasa pasiva promedio que publica mensualmente el BCRA. Por lo demás, es del caso advertir que por medio de la Resolución nro. 598/19, publicada en el Boletín Oficial el 18 de julio de 2019, el Ministerio de Hacienda dispuso que “la tasa de interés aplicable a los supuestos previstos en el artículo 179 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998, a los restantes supuestos de devolución, reintegro o compensación de los impuestos regidos por la citada ley y a los supuestos previstos en los artículos 811 y 838 del Código Aduanero, vigente en cada trimestre calendario, será la efectiva mensual surgida de considerar la tasa pasiva promedio publicada por el Banco Central de la República...

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