Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 23 de Noviembre de 2017, expediente CSS 066210/2014/CA001

Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2017
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2 CAUSA Nº66210/2014 Sentencia Definitiva En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los , reunida la Sala Segunda de la Excelentísima Cámara Federal de la Seguridad Social para dictar sentencia en estos autos MORENO DOMINGO GUILLERMO c/ ANSES s/INCONSTITUCIONALIDADES VARIAS, se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA NORA CARMEN DORADO DIJO:

El actor y la demandada apelan la sentencia.

El demandante cuestiona que no se declare la inconstitucionalidad de los artículos 25 y 26 de la ley 24.241, de la resolución SSS 6/09 reglamentaria del artículo 24 de la ley 24.241, que se difiera a la etapa de ejecución el tratamiento de la PBU y la tasa de interés.

ANSES se agravia en cuanto se declara la inconstitucionalidad del artículo 80 vis de la ley 19101 conforme ley 22.477, la metodología de cálculo del haber inicial conforme ley 24.241, el recalculo de la PBU, la aplicación del caso Badaro., la movilidad a la PBU, la inconstitucionalidad de los artículos 24, 25 y 26 de la ley 24.241 Al recurso de la parte actora La aplicación del artículo 25 de la Ley 24.241 implicó que el tope de la remuneración a considerar para el cálculo del haber inicial no podía superar $4800, valor que se mantuvo invariable hasta el 1º de abril de 2007 que fue elevado a $6000 por la entrada en vigencia de la Ley 26.222. Luego su valor, aumentó de acuerdo a los incrementos otorgados a las prestaciones previsionales en virtud del art.10 de la Ley 26.417.

En virtud de la aplicación de la doctrina de la Corte Suprema de justicia de la Nación que entendió que la merma en el haber previsional resulta confiscatoria cuando excede el 15% “A.C., L.”; Fallo: 323:4216” corresponde declarar la inconstitucionalidad del art.25 de la Ley 24.241 en la medida que se compruebe que el organismo demandado actualizó las remuneraciones nominales sobre la base imponible máxima prevista en el art. 9 de la Ley 24.241 y que la aplicación del límite produce una diferencia mayor al 15% .

Asimismo, en idéntico sentido corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 14 punto 2) párrafo segundo de la Resolución ANSeS 6/09 si las remuneraciones nominales actualizadas utilizando los parámetros que ordena la sentencia superan la base imponible máxima correspondiente a la fecha de cesación de servicios en una suma superior al 15%.

Por ello se revoca la sentencia de acuerdo a lo señalado.

En cuanto al artículo 26 de la ley 24.241 se señala Fecha de firma: 23/11/2017 Firmado por: N.C. DORADO, JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.R.H., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.L.P., SECRETARIO DE CAMARA #25560740#191040645#20171013110743369 Conforme la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente “A.C., L.”, (Fallo: 323:4216) “… resulta comprobado el perjuicio concreto que ocasionó la aplicación del sistema de topes durante los períodos a que se refieren los agravios del organismo previsional, en medida tal que la merma del haber resulta confiscatoria de acuerdo con la doctrina del Tribunal de Fallos: 307:1985; 312:194, entre muchos otros…).

En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241 en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente-

Por ello, se revoca lo resuelto en la instancia de grado.

Con relación al planteo referido a la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), el Alto Tribunal de la Nación en la sentencia pronunciada en la causa “Q., C.A. c/ANSeS s/Reajustes Varios (Fallos 337: 1277), puso particular énfasis en el carácter...

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