Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL, 29 de Abril de 2021, expediente FPA 015535/2017/CA001

Fecha de Resolución29 de Abril de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 15535/2017/CA1

Paraná, 29 de abril de 2021.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “MORABES, J.D. Y

OTRO CONTRA ESTADO NACIONAL SOBRE SUPLEMENTOS FUERZAS

ARMADAS Y DE SEGURIDAD”, Expte. N° FPA 15535/2017/CA1,

provenientes del Juzgado Federal N° 2 de la ciudad de Concepción del Uruguay; y,

CONSIDERANDO:

I- Que, llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso extraordinario interpuesto y fundado en fecha 12/02/2021 por la parte actora, contra la sentencia de ese mismo día, que –por mayoría- hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y, en su mérito, revocó la sentencia dictada en cuanto declara el carácter remunerativo y bonificable del art. 5 del decreto 1305/12, impuso las costas en el orden causado, reguló honorarios y tuvo presente la reserva del caso federal efectuada.

La sentencia de primera instancia, rechazó la prescripción opuesta por la demandada, hizo lugar parcialmente a la acción incoada y declaró el carácter remunerativo de la suma fija transitoria prevista en el art. 5 del decreto 1305/12, con más el retroactivo correspondiente e intereses a tasa pasiva; impuso las costas en el orden causado; difirió la regulación de honorarios y tuvo presente la reserva del caso federal efectuada.

Quedan los presentes en estado de resolver el 08/04/2021.

Fecha de firma: 29/04/2021

Alta en sistema: 30/04/2021

Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: C.G.G., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: E.S., SECRETARIA DE CÁMARA

Firmado por: B.E.A., JUEZ DE CAMARA

II-

  1. La recurrente hace referencia al gravamen irreparable que se le produjo con anterioridad a la sentencia que impugna, cuando en fecha 29/07/2020 se declaró mal concedido el recurso de revocatoria con apelación en subsidio interpuesto contra la sentencia de primera instancia.

    b) Que, la impugnante resalta la existencia de los requisitos de admisibilidad de la vía extraordinaria intentada. Relata los antecedentes de la causa y considera existe cuestión federal simple en función de que el conflicto gira en torno a la interpretación y aplicación de normas de derecho federal derechos y garantías contemplados en los arts. 14, 14 bis, 16, 17, 18, 31, 75 inc. 22 y conc.

    de nuestra Constitución Nacional y tratados aplicables como así también Ley 19.101 para las FFAA, y sus similares Ley 19.349 Gendarmería Nacional y Ley 18.398 para la Prefectura...

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