MINISTERIO DE SALUD DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACION Y SANIDAD DE FRONTERAS

Fecha de disposición27 Noviembre 2012
Fecha de publicación27 Noviembre 2012
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales

“MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION, conforme a lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 17.565 y atento a la imposibilidad de ubicarlo, por Disposición del Secretario de Políticas, Regulación e Institutos, se notifique a la firma “FARMACIA SIREL S.R.L.”, la Resolución Nº 20 de fecha 20 de enero de 2.012 cuya parte resolutiva reza:

“ARTICULO 1º — Sanciónase a la firma ‘FARMACIA SIREL S.R.L.’, propietaria de la denominada ‘FARMACIA SIREL’, sita en Avenida Scalabrini Ortiz Nº 702 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con una multa de VEINTIDOS MIL PESOS ($ 22.000) por haber transgredido los artículos 2, 4, 9, 10, 26, 27, 28, 29, 32 inc. k) y 33 de la Ley Nº 17.565, y artículos 9, 10, 18, 25, 26 y 27 del Decreto Nº 7123/68 reglamentario de la Ley Nº 17.565.

ARTICULO 2º

— Sanciónase a la profesional farmacéutica RAQUEL KANTT (M.N. Nº 5.935) en carácter de ex - directora técnica de la denominada ‘FARMACIA SIREL’, sita en Avenida Scalabrini Ortiz Nº 702 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con una multa de OCHO MIL PESOS ($ 8.000) por haber transgredido los artículos 2, 4, 9, 10, 26, 27, 28, 29, 32 inc. k) y 33 de la Ley Nº 17.565, y artículos 9, 10, 18, 25, 26 y 27 del Decreto Nº 7123/68 reglamentario de la Ley Nº 17.565.

ARTICULO 3º

— Acuérdese el plazo de CINCO (5) días hábiles, a partir de la fecha de su notificación, para hacer efectivo el pago de la multa impuesta en el DEPARTAMENTO DE TESORERIA de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION, sita en la Avenida 9 de Julio Nº 1.925, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyos montos ingresarán al Fondo de Financiamiento 13 (Fondo Nacional de Salud). El sancionado podrá interponer, dentro de los CINCO (5) días de notificado y previo pago total de la multa impuesta, el pertinente recurso de nulidad y apelación ante la autoridad judicial correspondiente.

ARTICULO 4º

— Regístrese, notifíquese por la DIRECCION DE DESPACHO, gírese al Departamento de Tesorería de la DIRECCION GENERAL ADMINISTRACION para la continuación de su trámite y archívese. FIRMADO. DOCTOR GABRIEL YEDLIN. SECRETARIO DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS. MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION.” — Dr. MARIO A. ROSENFELD, Director, Dirección Nacional del Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.

e. 27/11/2012 Nº 117327/12 v. 29/11/2012

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