Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 24 de Octubre de 2023, expediente CAF 007199/2023
Fecha de Resolución | 24 de Octubre de 2023 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
FEDERAL- SALA V
7199/2023
MINERA SANTA CRUZ SA (TF 55646737-A) c/ DGA s/RECURSO
DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
Buenos Aires, de octubre de 2023.-
VISTO:
El recurso extraordinario federal interpuesto por el Fisco Nacional a fojas 11/30 (conf. constancias digitales de la causa, a las cuales se aludirá en lo sucesivo), contra la sentencia de fojas 10,
replicada a fojas 55/69.
Y CONSIDERANDO:
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Que a fojas 10 esta Sala rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional y confirmó la decisión del Tribunal Fiscal de la Nación por la cual revocó la Resolución 2021-19-E-AFIP-SDGOAI, que había rechazado el reclamo de repetición de la suma total de $6.697.314,53 en concepto de derechos de exportación presuntamente abonados en demasía, correspondientes a la operación de exportación 18 014 ES03 000098 F/19 014 EC09 000037
M, oficializada originalmente el día 11 de octubre del año 2018.
Para así resolver, este Tribunal se remitió a los fundamentos expuestos en la causa: “Gut Metal SRL c/ EN-AFIP s/
Dirección General de Aduanas”, E.. Nº 51458/2019, sentencia del 05
05/2022, en la que había considerado aplicable lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso “Camaronera Patagónica”
(cfr. Fallos 337:388), por entender que la cuestión a resolver resultaba sustancialmente análoga a la examinada oportunamente en dicho precedente. En este sentido, se destacó que, en la presente causa, la actora reclama el reintegro de los derechos de exportación liquidados,
abonados y oficializados con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº 27.467.
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Que contra esa decisión, a fojas 11/30 el Fisco Nacional dedujo recurso extraordinario federal, el cual fue replicado a fojas 55/69.
Fecha de firma: 24/10/2023
Alta en sistema: 25/10/2023
Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: PABLO GALLEGOS FEDRIANI, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: TOMAS BRANDAN, SECRETARIO DE CAMARA
En lo que aquí importa, cuestionó la interpretación efectuada por el Tribunal respecto de las Leyes Nros. 26.122, 27.467 y 22.415 y el Decreto N° 793/2018. Asimismo, sostuvo que se efectuó una errónea aplicación del precedente “Camaronera Patagónica” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Por último, cuestionó la sentencia bajo la tacha de arbitrariedad y gravedad institucional.
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Que en este estado de las actuaciones,...
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