Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 15 de Febrero de 2011, expediente 49.885/07

Fecha de Resolución15 de Febrero de 2011

Juicio: M.C.M. c/ COMFER

(Com. Fed. De Radiodifusión) s/ Recurso Judicial Directo. E.. 49.885/07.

CÁMARA FEDERAL DE TUCUMÁN

Poder Judicial de la Nación MIGUEL DE TUCUMÁN, 15 de febrero de 2011.-

Y VISTO: el planteo de caducidad de la instancia formulado por el Estado Nacional a fs. 69, y;

CONSIDERANDO:

Que a fs. 47/49 vta. el señor C.M.M. en fecha 22/02/07,

promueve acción judicial directa conforme lo autoriza la ley 25.164 en contra del Comité Federal de Radiodifusión (COMFER) a fin de que se declare la nulidad de todas las resoluciones dictadas por el citado organismo, números 1201/04; 1385/04;1871/04;66/05; 126/05; 582;05 y 1.528/06, en expediente administrativo n° 615/04, las que finalmente dieron lugar a su cesantía, a la que impugna por arbitraria y sin causa sobre la base de las consideraciones que expone.

Que a fs. 56 vta., luego de distintas actuaciones, por providencia del 19/11/07 se dispone correr traslado del planteo del actor a la administración.

Que a fs. 59, el 13 de febrero de 2.008 la señora Defensora Oficial manifiesta que el actor M. le revocó el poder que oportunamente le había concedido.

Que a fs. 63/64 vta. el 21 de octubre de 2.008 el actor amplia la demanda.

Que el 03/11/2008 a fs. 65 vta. se dispone tener por ampliada la USO OFICIAL

demanda y a los efectos del nuevo traslado se ordena librar cédula, estando a cargo de la parte interesada su confección y diligenciamiento.

Que el 19/06/2.009 a fs. 66 el actor solicita se ordene nuevamente el libramiento de la cédula ley 22.172.

Que a fs. 67 el 17/03/2010, solicita nuevamente se libre cédula de ley.

Que a fs. 69/76 vta. se presenta el Estado Nacional por apoderado y plantea caducidad de la instancia afirmando que el proceso no fue instado durante el plazo que fija el art. 310 inc. 1° Procesal. Asimismo y subsidiariamente contesta demanda.

Que tal planteo no fue contestado por el señor M..

Que corresponde examinar entonces, el planteo de caducidad de instancia efectuado por la demandada.

Que en ese sentido, en reiteradas oportunidades esta Alzada ya ha manifestado que los requisitos para que proceda la caducidad son la existencia de una instancia, la inactividad de las partes, del juez o de los auxiliares; y el transcurso de los plazos legales.

Que con relación a ello, consideramos que le asiste...

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