Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 29 de Junio de 2016, expediente CNT 031559/2011/CA001

Fecha de Resolución29 de Junio de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 31559/2011 - MELLONE ENRIQUE RAMON c/ GERMANY MOTORS S.A. Y OTRO s/DESPIDO Buenos Aires, 29 de junio de 2016.

se procede a votar en el siguiente orden:

El Dr. R.C.P. dijo:

I- La sentencia dictada a fs.

469/476vta. suscita las quejas que interpuso la demandada a fs.

477/499-500/524 y la actora a fs. 525/529, recibiendo esta última las contestaciones de fs. 537/538 y 539/540.

II- En el principal de los cuestionamientos expuestos, la demandada pone en tela de juicio la ponderación que merecieron los elementos de juicio obrantes en la causa en torno a la índole de la relación habida, pudiendo adelantar luego del análisis de las constancias en cuestión que no tendrá

favorable recepción.

A efectos de fundamentar el anticipo, resulta insoslayable que de manera coherente y debidamente circunstanciada, el testigo W. (fs. 223) confirma la versión de la demanda en cuanto a que el actor trabajó en el sector de chapa y pintura del taller Germany Motors S.A. desde el año 1999 hasta el 2010, a que cumplían un horario de 8 a 13 y de 14 a 18 hs., que le pagaban por tanto, de acuerdo a la cantidad de paños de pintura que hicieran en la semana, tomando conocimiento de dichos extremos de manera directa por haber sido compañeros de trabajo: el dicente recepcionaba el auto y se lo pasaba al actor para que realice la tarea.

También afirma haber presenciado la reunión en la que R.P., que se desempeñaba como gerente de administración y en esa condición organizaba el trabajo, le dijo que no fuera mas a trabajar porque “…no estaban conformes con su trabajo, con su rendimiento…”.

Fecha de firma: 29/06/2016 Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA - SALA IX #20369976#156723605#20160629133714256 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX En cuanto a la situación del testigo de tener juicio pendiente con la apelante, que esta resalta a fin de privar sus dichos de virtualidad probatoria, debe recordarse que en materia laboral le resulta difícil al trabajador lograr testigos que quieran comparecer a declarar, porque tienen miedo a las represalias del empleador, de ahí que, por lo general, comparecen ex compañeros de trabajo que han tenido o tienen juicios pendientes contra el mismo empleador. Se ha dicho asimismo que ninguna norma ni tampoco la sana crítica señala que en estos casos haya que apreciar el testimonio con mayor estrictez (en igual sentido, esta Cámara-Sala VI, del 30/11/2005 “in re” “L., M.L. c/ Cía. de R.M.S.A. y otros”), como asimismo que por influjo del art. 9º de la LCT el principio de la interpretación más favorable al trabajador en caso de duda, se extendió al alcance de las pruebas...

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