Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 7 de Mayo de 2008, expediente Ac 103319

PresidenteGenoud-Negri-Pettigiani-de Lázzari
Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2008
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 103.319 "M., R.R.c.M., M.C.. Violencia familiar. Inc. de comp. e/T.. de Flia. nº 2 y T.. de Men. nº 3 de San Isidro".

//P., 7 de Mayo de 2008.

AUTOS Y VISTO:

  1. La señora R.R.M. denunció -en sede policial- en los términos de la ley 12.569, que la concubina de su hijo, la señora M.C.M. -de 16 años de edad- la agredía verbalmente, insultándola por los consejos que le daba para la crianza del hijo de ambos, D.A.F. -de un año y medio de edad- y que profería amenazas de muerte contra su hijo -alcohólico- hecho por el que se dio intervención al T.unal de Familia n° 2 de San Isidro (fs. 2 y vta., 3).

    El órgano citado se declaró incompetente por entender que no se encontraban vigentes las disposiciones de la ley 13.634 referidas al proceso de familia y remitió las actuaciones al tribunal de menores departamental en turno (fs. 4/5 vta.).

    El T.unal de Menores n° 4 de esa jurisdicción que las recibió, en virtud de no estar en turno a la fecha de la primera actuación, las pasó a su par n° 3, ambos de la misma jurisdicción (fs. 6), el que no aceptó la inhibitoria del colegiado requirente y las devolvió (fs. 8/9), siendo elevadas por éste (fs. 10). Tal el conflicto a dirimir (art. 161 inc. 2, C.. prov.).

  2. La ley 12.569 establece una intervención amplia de todos los fueros (art. 6), estando además expresamente prevista la protección contra la violencia familiar en la competencia del de familia (art. 827 inc. "u", C.P.C.C. –texto según ley 13.634-; Ac. 100.340, 22-VIII-2007).

    En el caso, debe resaltarse que la presente causa de violencia se inició exclusivamente por las agresiones verbales que sufría la denunciante –mayor de edad- por parte de la concubina de su hijo, llegando a solicitar la intervención judicial a los fines de la adopción de medidas cautelares tendientes a proteger a su nieto y a su hijo, los que –a su parecer- se encontraban desatendidos por la misma (fs. 3).

    Por lo antes detallado, cabe reparar que no surge de...

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