Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA I, 27 de Marzo de 2015, expediente CNT 049129/2010/CA001

Fecha de Resolución27 de Marzo de 2015
EmisorSALA I

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA DEFINITIVA NRO. 90555 CAUSA NRO.

49129/2010 AUTOS: “MAZZUCHI GUSTAVO ARIEL C/ DELTA COMPRESION SRL S/ DESPIDO”

JUZGADO NRO. 5 SALA I En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 27 días del mes de MARZO de 2.015, reunida la Sala Primera de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y de acuerdo al correspondiente sorteo, se procede a votar en el siguiente orden:

EL Dr. M.Á.M. dijo:

I)- Contra la sentencia de fs. 478/479 apelan la parte actora y demandada a fs. 485/491 y a fs. 493/494 respectivamente. El perito contador apela sus honorarios por considerarlos bajos a fs. 480/481.

II)- La parte actora se agravia porque se rechazó su reclamo de autos en lo principal.

La demandada por su parte recurre por bajos los honorarios regulados a su representación y por considerar elevados los honorarios de la parte actora y perito contador. También recurre la forma en que se impusieron las costas. Sobre el segmento de la apelación que recurre la condena al pago de la liquidación destaco que el mismo fue desestimado (art. 106 L.O.).

III)- El actor centra su crítica en la forma en que la Dra. P. interpretó las pruebas rendidas en autos. Hace hincapié en las declaraciones de los testigos por el ofrecidas (Bañich fs. 342, M. fs. 346 y S. fs. 348), en la prueba informativa (ver fs.

372/385 y fs. 386/387) y la pericia contable (fs. 448/457). En este sentido argumenta que “…han sido probadas … todas las causales que motivaron el despido indirecto del actor en particular el acaecimiento del accidente y que éste sucedió con motivo y en ocasión del trabajo; el desleal ocultamiento del accidente por parte de la demandada; la falta de atención y destrato injuriante ante la lesión sufrida en horario habitual de trabajo…”.

Memoro que el actor en su escrito de inicio (fs. 15/21) relató que el día 09/02/09 siendo las 18:30 horas sufrió un accidente (desgarro)

mientras se encontraba trabajando a las órdenes de la demandada.

Que frente a tal infortunio señaló que fue sometido a diferentes revisiones médicas, que denunció el hecho acaecido ante la ART y que se comprobó la lesión denunciada por lo que se le concedió

licencia médica por el término de 30 días. También dijo que la génesis del conflicto se sucedió cuando la demandada se negó sin explicación alguna a realizar una nota de denuncia del siniestro que supuestamente era exigida por la ART. Que ante este inconveniente el día 05/03/09 el...

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