Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 12 de Agosto de 2022, expediente CNT 095623/2016/CA001

Fecha de Resolución12 de Agosto de 2022
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA

X

SENT.INT. 2 - 1 EXPTE. Nº 95.623/2016/CA1 (60.225)

JUZGADO Nº: 44 SALA X

AUTOS: “MARTINEZ, SEBASTIAN GABRIEL C/ SULPROM S.A. Y OTROS S/

DESPIDO”

Buenos Aires,

VISTO:

El recurso de apelación deducido por la perito contadora.

Y CONSIDERANDO:

Que, en atención al mérito, extensión de las tareas realizadas y las pautas arancelarias vigentes los honorarios regulados a favor de la perito contadora resultan equitativos por lo que cabe confirmarlos (cfr. arts. 3 y 12 del dto. ley 16638/57; y Ley 27.423).

Por todo ello, el Tribunal

RESUELVE:

1) Confirmar los honorarios regulados a favor de la perito contadora; 2) Cópiese, regístrese, notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1 de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013 y devuélvase.

ANTE MI:

DGQ

Fecha de firma: 12/08/2022

Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.P.S., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: L.J.A., JUEZ DE CAMARA

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