Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 27 de Marzo de 2023, expediente CIV 040016/1995

Fecha de Resolución27 de Marzo de 2023
EmisorCamara Civil - Sala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M

40016/1995

M.C.L.S. s/SUCESION AB-INTESTATO

Buenos Aires, 27 de marzo de 2023.

AUTOS Y VISTOS:

  1. ) La Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronunció respecto de la aplicación temporal de la ley 27.423, en “Establecimiento Las Marías S.A.C.I.F.A. c/

    Misiones, Provincia de s/ acción declarativa”,[1] criterio que fue reafirmado en “All, J.E. y otro s/sucesión” CIV 315118/1988/1/RH001, del 26 de abril de 2022, de modo coincidente con lo decidido por la mayoría del tribunal.[2] Desde esa perspectiva, el nuevo régimen legal no resulta aplicable a los procesos fenecidos o en trámite, en lo que respecta a la labor desarrollada durante la etapa concluida durante la vigencia de la ley 21.839 y su modificatoria ley 24.432, o que hubieran tenido principio de ejecución.

    Por eso, resultan de aplicación las pautas establecidas en las leyes 21.839 (y su modificatoria ley 24.432).

  2. ) En cuanto al tipo de cambio utilizado para la conversión de la moneda en que fue fijada la base (dólares estadounidenses), esta sala dijo que: “no es posible tomar como parámetro para efectuar el cálculo, la cotización de la divisa norteamericana en el mercado informal o paralelo puesto que, al margen de que se carece de una pauta comprobable, se trata de un mecanismo ilegal de comercialización. Como tal, no puede servir de pauta para dirimir un conflicto en los carriles jurisdiccionales del Estado”.[3] Por otra parte, tampoco nos encontramos frente a una operatoria financiera de compra y venta de divisas para atesoramiento para la aplicación del impuesto previsto por la ley 27.541, ni de una relación contractual donde las partes, en el ámbito de la autonomía de la voluntad, hubieran pactado un tipo de cambio en particular y, donde ese mayor costo debería ser asumido por el adquirente como un impuesto por la compra de las divisas extranjeras.[4]

    Por lo tanto, la cotización de la divisa extranjera debe ser la oficial al tipo vendedor.

  3. ) Para entender en las apelaciones interpuestas por considerar altos y bajos los honorarios regulados el 16 de diciembre de 2022, correspondientes por las tareas comunes realizadas por la profesional en la tercera etapa y relativas a la inscripción de la declaratoria de herederos, se tendrá en consideración la naturaleza del asunto, el mérito, la calidad, la eficacia y la extensión de la labor desarrollada, base regulatoria estimada y pautas de los arts. 6, 7, 8, 23, 24, 37, 43 y ccs. de la ...

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