Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 12 de Mayo de 2017, expediente CNT 008757/2011/CA001

Fecha de Resolución12 de Mayo de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 8757/2011 - M.I.E. Y OTROS c/ P.A.M.I.

s/COBRO DE SALARIOS Buenos Aires, 12 de mayo de 2017.

se procede a votar en el siguiente orden:

EL DOCTOR A.E.B. dijo:

I- Contra la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo, recurre la parte demandada a fs. 271/272, presentación respondida por la contraria a fs. 278/280.

II- Adelanto que los argumentos vertidos en el memorial en estudio, no resultan suficientes para rebatir los fundamentos del fallo anterior. Y en esa inteligencia me expediré.

Digo ello, dado que coincido con el criterio de la Sra. Juez de grado, en cuanto dispuso que una vez reconocido el derecho a la percepción de determinados rubros -mediante una sentencia definitiva anterior y firme- nada obstaculiza a las trabajadoras a reclamar como lo hizo, esto es, la condena por otros rubros, esto es: “vacaciones, diferencias salariales por el básico de convenio y diferencias por tramo, nivel y presentismo”, como así también ampliación de los requeridos anteriormente, esto es: “SAC”, y cuyos vencimientos de exigibilidad operaron con posterioridad a la condena de aquella otra controversia, que se limitó a juzgar los conflictos existentes hasta ese momento; máxime cuando el fundamento anterior había sido el reconocimiento de los tres vínculos laborales que eran desconocidos por la quejosa, quien encuadró la vinculación como “locación de servicios”.

R. que se reclamó en esta causa por: a)

diferencias salariales en cuanto al básico de convenio, b) pago de sumas fijas por tramo, nivel y presentismo, Fecha de firma: 12/05/2017 Alta en sistema: 31/05/2017 Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX #20831494#178683798#20170512124532477 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX c) SAC año 2009 -segunda cuota- y d) SAC año 2010 –

primera y segunda cuota-. Distinta de la anterior causa en la cual se reclamó por: a) registración de las accionantes; b) vacaciones gozadas y no abonadas 2006/2007, c) SAC año 2006 –segunda cuota-, d) SAC año 2007 y e) SAC año 2008 –primer cuota- (ver fs.

253/259).

En tal contexto, no resulta ocioso recordar que según causa anterior: “M., I.E. y Otros c/ Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y Otro s/ otros reclamos-

regularización ley 24.013”, E.. Nº 35.914/2008 (obrante a fs. 253/259) se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR