Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL, 6 de Febrero de 2019, expediente FRO 012910/2014/CA001

Fecha de Resolución 6 de Febrero de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B Prev/Def Rosario, 06 de febrero de 2019.

Visto, en Acuerdo de la Sala “B”, el expediente N.. FRO 12910/2014, caratulado “MARIN, A.E. c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD” (Originario del Juzgado Federal Nro. 1 de la ciudad de San Nicolás).

Vienen los autos a esta alzada, a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por la demandada, A.N.Se.S., quien se agravia de la actualización de la prestación básica universal (PBU), de la utilización del ISBIC sin el límite temporal, por haberse dejado de lado el criterio restrictivo que tenía la CSJN respecto a la aplicación del fallo “B.”, por declarar abstracta la inconstitucionalidad de los arts. 9, 25 y 26 de la Ley 24.241, y por último se queja de la aplicación del ISBIC para la actualización de las remuneraciones de la actora, solicitando que lo disponga conforme al índice combinado dispuesto en la Ley 27.260, en el Decreto 807/16, y en la Resolución de la Secretaria de Seguridad Social Nº 6/16 – RIPTE-.

Y Considerando que:

En relación a los agravios vertidos por la apelante –cuyos términos se dan por reproducidos, por razones de economía y celeridad procesal- nos remitimos en su parte pertinente, por guardar analogía, a lo resuelto por esta S. en la causa N° FRO 8580/2013 caratulada “M., C.O. c/ ANSES s/ Reajustes por Movilidad” del 12 de Octubre de 2018, pudiéndose ingresar para su lectura a www.cij.gov.ar/sentencias.

En lo que respecta a las inconstitucionalidades de los topes legales, se advierte del cotejo de la sentencia de primera instancia que no fueron objeto de la misma, por lo tanto dicho agravio debe rechazarse.

Fecha de firma: 06/02/2019 Alta en sistema: 07/02/2019 Firmado por: E.V., Juez de Cámara Firmado por: J.G.T., Juez de Cámara #21100162#225786821#20190206075824150 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL...

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