Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - Sala I, 18 de Febrero de 2016, expediente FLP 032611/2014/CA003

Fecha de Resolución18 de Febrero de 2016
EmisorSala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I La Plata, de febrero de 2016.-

Y VISTOS: Este expediente N° FLP 32611/2014/CA3, caratulado:

MANSILLA, R.M.J. Y OTRO c/ GALENO ARGENTINA S.A s/PRESTACIONES MEDICAS

, proveniente del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 3, de la Ciudad de Lomas de Z., Pcia. de Buenos Aires, Y CONSIDERANDO QUE:

  1. Llega la causa a este Tribunal para el tratamiento del recurso de apelación interpuesto a fs. 392 por la letrada patrocinante de los actores, Dra.

    C.V.L., contra la resolución de fs.391, por considerar bajos los honorarios regulados a su favor.

  2. En primer lugar, tener en cuenta que se trata de una acción de amparo en la que se persigue, principalmente, la protección y resguardo del derecho a la salud de los accionantes, careciendo de contenido económico y, por ende, monto litigioso, aún cuando directa o indirectamente puede tener significancia pecuniaria para quien pretende la declaración o reconocimiento de un derecho (conf.. CSJN “BARRÍA MERCEDES y otro C/PCIA. DEL CHUBUT y otro, fallo del 24/10/06).

  3. Dicho ello, atento las tareas desarrolladas por la representación letrada de los actores llevada adelante por la Dra. C.V.L. y valorada la actuación de la profesional en cuanto a su mérito, extensión, eficacia y resultado obtenido, de conformidad con lo establecido en los artículos 6, y 36 de la Ley 21.839 (modificada por la Ley 24.432), entiende el tribunal que deben confirmarse los honorarios regulados...

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