Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, 1 de Febrero de 2010, expediente 48.228

Fecha de Resolución 1 de Febrero de 2010

Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario”

SISTENCIA, al primer día del mes de febrero del año dos mil diez.-

Y VISTO

El expediente registro de Cámara N° 48.228 caratula do:

MANSILLA FABIAN RAFAEL S/ HABEAS CORPUS

, que en grado de consulta provine del Juzgado Federal de esta Ciudad ; y CONSIDERANDO

  1. Que el presente H.C. arriba a esta Alzada en consulta, de conformidad con lo dispuesto por el art. 10° de la Ley 23.098.

  2. Que por resolución obrante a fs. 12/13 y vta., el a quo resuelve “… DECLARAR la incompetencia de este Tribunal ...” en virtud de lo normado por el art. 2 de la Ley 23.098 para entender en el hábeas corpus deducido a fs. 1/2 vta. por el ciudadano F.R.M. con el patrocinio USO OFICIAL

    letrado del Dr. M.Á.B., con el objeto de denunciar constantes actos de vigilancia y seguimiento a su persona y familiares por parte de personal del Departamento de Drogas Peligrosas de la Policía de la Provincia del Chaco,

    señalando sentirse amenazado ante una inminente restricción arbitraria de su libertad.

    En dicha presentación el prenombrado reseña una serie de datos como ser que en el barrio donde habita, y en inmediaciones a su domicilio,

    hay una persona que se está haciendo pasar por él, la que aparentemente estaría en infracción a la Ley 23.737, lo que –entiende– motivó la intensificación de las tareas de seguimiento por parte del personal preventor.

    En este contexto, manifiesta que la vigilancia se realiza sobre su persona e integrantes de su familia, siendo que el personal de la fuerza policial constantemente efectúa averiguaciones y sondeos en el vecindario dirigidas específicamente a la actividad que desarrolla y su vinculación con el comercio de sustancias prohibidas, destacando que tal situación se agravó “este fin de semana con la visita a su domicilio de personal policial de civil peticionándole la venta de estupefaciente, y llegando a recabar datos en forma permanente a sus vecinos,

    amistades y conocidos, llegando inclusive hasta interceptar a algunos miembros de su familia o amigos…” (sic).

    Por lo demás, refiere que actualmente tiene en trámite una causa ante dicho Tribunal (“M.R.O.R.; MANSILLA

    FABIAN RAFAEL y MORINIGO ALICIA s/ Sup. I.. Ley 23.737 y Atentado y Resistencia a la Autoridad”, E.. N° 201/09), y q ue desde que recuperó su libertad no ha tenido problemas con nadie ni quiere tenerlos.

  3. Que el Señor Juez Federal mediante Interlocutorio N°

    05/2010, señala su incompetencia para actuar en el trámite refiriendo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR