Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, 17 de Marzo de 2009, expediente 27.520

Fecha de Resolución17 de Marzo de 2009

Poder Judicial de la Nación Sala II - Causa °

n° 27.520

M.C.Y.G. s/sobreseimiento

° °

J.. Fed. n° 12 - Sec. n° 24

°

Expte. n° 9.662/08

°

Reg. n° 29.636

Buenos Aires, 17 de marzo de 2009.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Dra. P.K.R.,

en su rol de apoderada de la querellante Sra. F.R., contra la resolución que luce a fs.615vta./619vta., mediante la cual se dispuso el sobreseimiento de Y.G.M.C., E.R., M.J.M.C., E.O.F.M., J.J.M.C., M.D. y J.S.R., por considerar que su conducta no encuadraba en figura legal alguna (art. 336, inc. 3° del C.P.P.N.).

La querella hizo especial hincapié, tanto en el escrito de apelación como en el memorial sustitutivo del informe oral, en que el temperamento adoptado por el a quo resulta prematuro, por cuanto no se han agotado las vías de investigación que permitan tener por descartado el dolo que requieren las figuras enrostradas a los encartados.

Es menester destacar que, para arribar al temperamento conclusivo que la querella viene criticando, el a quo se basó en la versión brindada por M. Caballero, quien alegó que su hija es a la vez descendiente del causante y única heredera de todos los bienes. Ese supuesto básico dio pié, más adelante en el razonamiento, para descartar el dolo en la conducta, por cuanto indujo al magistrado a la presunción de que la encartada, en el convencimiento de que le asiste el derecho en representación de la menor presuntamente heredera, obró sin el dolo que requieren todas las figuras penales en danza.

II- En efecto, se observa que aún quedan cuestiones pendientes de análisis. Más allá de la discusión en torno a la naturaleza jurídica de la declaratoria de herederos y a su aptitud o no para crear o modificar derechos reales vinculados al acervo hereditario (que, en el caso, reviste no poca importancia, por ser el punto de partida de la pretensión de la querella), lo cierto es que las mismas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR