Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala 4, 28 de Octubre de 2013, expediente 764/2013

Fecha de Resolución28 de Octubre de 2013
EmisorSala 4

Causa Nro. 764/2013 -Sala IV

MADERO, W.D. s/ recurso de casación Cámara Federal de Casación Penal HERNÁN BLANCO

Secretario de Cámara REGISTRO NRO. 2097.13.4

Buenos Aires, 28 de octubre de 2013.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa N.. 764/2013 del Registro de este Tribunal, caratulada: “MADERO, W.D. s/recurso de casación”, acerca del recurso de casación interpuesto a fs. 2095/2103 por la doctora S.I.P..

Y CONSIDERANDO:

  1. Que el Tribunal Oral en lo Penal Económico Nro. 3

    de la Capital Federal, en el marco de la causa N.. 1542 de su Registro, con fecha 20 de marzo de 2013, resolvió, en lo aquí

    interesa, hacer lugar a la suspensión del juicio a prueba con relación al imputado W.D.M..

  2. Que contra dicha resolución la doctora S.I.P., letrada de la parte querellante, interpuso recurso de casación, el que fue concedido a fs. 2105.

  3. Que, con fecha 30 de julio de 2013, esta Sala IV

    ordenó hacer saber a las partes la radicación de la causa, a los efectos previstos en el artículo 464, en función del artículo 465, segundo párrafo, ambos del Código Procesal Penal de la Nación (fs. 2118).

  4. Que, con fecha 5 de agosto de 2013, la doctora S.I.P. fue notificada del proveído de mención (cfr. fs. 2118/vta.). Sin embargo, a la fecha no ha comparecido a mantener el recurso de casación interpuesto, tal cual lo exige la norma contenida en el art. 464, segundo párrafo del C.P.P.N..

    En consecuencia, de conformidad con lo normado por los arts. 464, primer párrafo, en función del 465, primer párrafo, del Código Procesal Penal de la Nación, el Tribunal −1−

    RESUELVE:

    DECLARAR DESIERTO el recurso de casación interpuesto a fs. 2095/2103 por la doctora S.I.P., con costas (arts. 464, primer párrafo y 465, primer párrafo, 530 y 531 del C.P.P.N.).

    R., notifíquese, oportunamente comuníquese a la...

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