Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - Sala SALA, 8 de Mayo de 2014, expediente FCB 012001317/2012/CA003

Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2014
EmisorSala SALA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A

12001317/2012/CA1

doba, 08 de mayo de 2014

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “MACHTEY, GRACIELA

JUDITH sobre Estafa (Expte. n° 12001317/2012/CA1),

venidos a conocimiento de esta Sala A de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Fiscal Federal a fs. 330/330vta. y la apoderada de la querellante a fs. 334/337, en contra de la resolución n°

453/2013 dictada con fecha 27 de junio de 2013 por el señor Juez Federal n° 1, obrante a fs. 326/329, y en la que decide: RESUELVO: 1) SOBRESEER a S.B.P. y D.N.L., filiados en autos, por el delito de “estafa procesal en grado de tentativa”

(art. 172, del C.P.), por no encuadrar en figura penal alguna, con la expresa declaración de que la formación de la presente causa no afecta el buen nombre y honor del que hubiere gozado (art. 336, inc. 2, último párrafo del C.P.P.N).

Y CONSIDERANDO:

  1. El conflicto presentado por ante esta S. se origina a partir del recurso de apelación interpuesto por el señor Fiscal Federal a fs. 330/330vta. y por el apoderado de la parte querellante a fs. 334/337 en contra de la resolución obrante a fs. 326/329, cuya parte resolutiva ha sido transcripta precedentemente. En esta Instancia el F. General ante esta Alzada no presenta el informe previsto en el art. 454 del C.P.P.N, en tanto que la parte querellante lo hace a fs. 371/375.

  2. Se inicia la presente causa a través de la denuncia efectuada el 3 de marzo de 2011 por la Dra.

    B. delV.C.- patrocinante de V.H.C.- en contra de G.J.M., viuda de E.O.L., en su carácter de administradora de la sucesión de su cónyuge, quien a su entender, habría tratado de inducir a error al Juez de cargo del Juzgado Civil y Comercial de Segunda Nominación de la ciudad de Córdoba en los autos “Tiempo SAFCII y A c/ Caminos Víctor “MACHTEY, G.J. sobre Estafa (Expte. n°

    12001317/2012/CA1)”

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A

    Hugo y otro Ejecución Prendaria –Expte. 705201”, al solicitarle que dictara sentencia definitiva en los mismos, a los fines de cobrar eventualmente el importe correspondiente a una deuda originada en la rescisión de un contrato de prenda pautado entre la empresa mencionada y la denunciante.

    Da cuenta la denunciante que D.N.L., en su carácter de Presidente de la firma TIEMPO

    SAFCCI y A, con el fin de cobrar indebidamente el importe correspondiente a una deuda originada en un contrato de prenda, habría dado instrucción a la abogada S.B.P., apoderada de la empresa mencionada,

    para que ésta solicitara al Juez decreto de autos en el expediente civil señalado, intentando así inducir al error al funcionario a cargo del Juzgado Civil y Comercial de Segunda Nominación de la Ciudad de Córdoba,

    en el cual tramitaba la causa mencionada.

  3. El señor Juez Federal n° 1 ha dictado el sobreseimiento de los imputados S.B.P. y D.N.L., por el delito de estafa procesal en grado de tentativa (art. 172 del C.P) por considerar que su accionar no encuadra en una figura penal.

    Consideró el Instructor que no existen elementos de cargo suficientes como para sostener la plataforma fáctica achacada a S.B.P. y D.N.L.. Sostuvo que no surge de las pruebas su intención de inducir a error al Juez civil que oportunamente fuese instado a resolver, ya que considera natural que un abogado interesado en una resolución inste su resolución.

    Concluye en el sentido de que la acusación contra la Sra. M. como presunta autora de estafa procesal en grado de tentativa, está conformada únicamente por los dichos de la denunciante.

  4. Se agravia la apoderada de la parte querellante por considerar que la resolución apelada presenta una valoración defectuosa de la prueba incorporada en autos...

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