Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 7 de Septiembre de 2017, expediente CFP 011616/2003/6/CA005

Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 2017
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 11616/2003/6/CA5 CFP 11616/2003/6 “M., J.T. s/

denegatoria de medidas de prueba”.

J.. Fed. n° 8 – S.. n° 16.

Buenos Aires, 7 de septiembre de 2017.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

La defensa de J.T.M. apeló el decreto del juez que no hizo lugar –por los fundamentos allí explicados- a una serie de medidas de prueba sugeridas por esa parte. Habiéndose concedido el remedio, corresponde revisar aquí su admisibilidad, en los términos del art. 444, segundo párrafo, del CPPN.

Sobre ello, se recordará que en los asuntos de trámite de las causas penales se atribuye, por regla, discrecionalidad al instructor a la hora de tomar uno u otro curso de acción (ver, por ej. art. 199 del C.P.P.N., y de esta Sala causa n° 14.472 “S.”, reg. n° 15.615 del 14/7/98; causa n°

15.572 “Dappaen”, reg. n° 16.495 del 3/6/99; causa n° 17.551 “A.”, reg.

n° 18.524 del 29/3/01; causa n° 28.206 “A.”, reg. n° 19.286 del 4/12/01, causa n° 27.184 “D.”, reg. n° 29.233 del 27/11/08 y sus citas, entre otras; de la Sala I de esta Cámara, causa n° 27.550 “F.”, reg. n° 327 del 25/4/96; de la Sala I de la CNCC, causa n° 8406 “Yacobucci”, rta. el 6/2/98 y causa n° 7401 “M.”, rta. el 27/8/97).

Ese principio es compatible con doctrina de la Corte Suprema de la Justicia de la Nación, según la cual la pertinencia de la prueba y su calificación como necesaria a los fines de la investigación, incumbe sólo al juez de la causa (conf. Fallos 247:214). Por ende, no puede resultar atendible un reclamo que se funde exclusivamente sobre la pretensión de que el Tribunal revise ese juicio de atinencia, máxime cuando las medidas no fueron definitivamente...

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