Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 29 de Agosto de 2017, expediente CCC 029841/2012/3/CA002

Fecha de Resolución29 de Agosto de 2017
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CCC 29841/2012/3/CA2 CCCF – Sala I CCC 29841/2012/3/CA2 “M G S y OTROS s /procesamiento y embargo”

Juzgado N° 11 - Secretaría N° 21 Buenos Aires, 29 de agosto de 2017.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a intervención de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 10 y 11 por el Dr. R.F.T., en representación de L S B y G S M contra la resolución de fecha 12 de junio del corriente, a través de la cual el magistrado de grado decretó sus procesamientos sin prisión preventiva por considerarlos prima facie coautores penalmente responsables del delito previsto y reprimido por el artículo 201 del Código Penal, y mandó a trabar embargo sobre sus bienes o dinero por la suma de pesos veinte mil -$20.000.- (artículo 518 del Código Procesal Penal de la Nación).

  2. En la oportunidad del artículo 294 del C.P.P.N, se le imputó a M “…el haber participado junto con L S B en la elaboración y comercialización de productos cosméticos peligrosos para la salud de la firma ‘LABORATORIO F S.R.L.’. En relación a la firma aludida, la ANMAT dispuso con fecha 20 de enero de 1998 prohibir el uso y comercialización de los productos cosméticos fabricados por aquella, por no contar con la habilitación para su elaboración y carecer de inscripción de los organismos ante autoridad sanitaria. El accionar desplegado se llevó a cabo, al menos, desde el día 2 de agosto de 2012 hasta el 19 de abril de 2013, utilizándose para ello las fincas situadas en la calle D S S ### de Paso del R., partido de M., provincia de Buenos Aires, y los inmuebles ubicados la calle M ### depto.“I” (…), y en la A J B J ####

    piso 1° “D”, ambos de esta Ciudad. Del allanamiento practicado el Fecha de firma: 29/08/2017 Alta en sistema: 31/08/2017 Firmado por: J.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: I.S.Q., SECRETARIA DE CÁMARA #30090009#186956626#20170829131155062 día 19 de abril de 2013 sobre dichos domicilios se procedió al secuestro de diferentes productos, cuyo peritaje elaborado por la División Laboratorio Químico de la PFA determinó que sus envases se encontraban sucios, con etiquetas deterioradas, algunas vencidas y otras sin datos sobre sus vencimientos; en tanto que el lugar donde se elaboraban los productos cosméticos -calle D S S ####de Paso del R., partido de M., provincia de Buenos Aires- no reúne los requerimientos mínimos...

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