Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 24 de Febrero de 2021, expediente FTU 030608/2017/CA001

Fecha de Resolución24 de Febrero de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN - SECRETARIA LEYES ESPECIALES (CIVIL)

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

30608/2017 - LUNA, R.N., c/ SUBSECRETARIA DE

DERECHOS HUMANOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR DE LA

NACION s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION. JUZGADO

FEDERAL DE TUCUMAN Nº 1.

S. de Tucumán,

Y VISTO: el recurso de apelación concedido a fs. 89, y CONSIDERANDO:

Que contra la sentencia de fecha 22 de julio de 2020 (fs.

84/85) que hizo lugar a la acción de amparo por mora administrativa interpuesta por el actor fijando un plazo de 30 días a fin de que, con carácter de pronto despacho, la subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio del Interior de la Nación proceda a dictar la pertinente resolución en el expte. N°

5040003088/2015, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art.

29 de la Ley N° 19.549, impuso las costas a la demandada (art. 68

CPCCN) y reguló los honorarios del Dr. R.L.M. por su actuación como apoderado de la parte actora en la presente acción de Amparo por Mora en la suma de $20.000, apeló el Estado Nacional a fs. 86/88 expresando agravios en la misma oportunidad.

Corrido el traslado de ley, la parte actora no respondió los agravios.

Recibida la causa en esta Alzada con el llamado de autos de fs. 90 queda la causa en condiciones de ser tratada y resuelta.

Que el apelante se agravia de la decisión por cuanto condenó

en costas por la presente acción a su parte haciendo caso omiso de Fecha de firma: 24/02/2021

Alta en sistema: 25/02/2021

Firmado por: M.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: R.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.H., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

30608/2017 - LUNA, R.N., c/ SUBSECRETARIA DE

DERECHOS HUMANOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR DE LA

NACION s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION. JUZGADO

FEDERAL DE TUCUMAN Nº 1.

las explicaciones brindadas por el M° de Justicia y Derechos Humanos al producir el informe del art. 28 de la Ley N° 19.549.

Sostiene que el cúmulo de expedientes en los se reclaman beneficios instituidos por las Leyes N° 24.043, N° 24.411 y otros relacionados a normas reparatorias excede las posibilidades de resolver las distintas cuestiones suscitadas en el plazo esperable y razonable puesto que los numerosos pedidos hizo que la autoridad de aplicación viera superada su capacidad operativa. Expresa que la sentencia de fs. 84/85 resulta arbitraria por no haber analizado los argumentos vertidos por el Estado Nacional. Asimismo, se agravia del escaso plazo adjudicado para producir el acto administrativo en el expediente administrativo en cuestión, en virtud...

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