Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 26 de Abril de 2017, expediente CNT 014131/2016/CA001

Fecha de Resolución26 de Abril de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 14131/2016 - LUNA, A.M. c/ BUENOS AYRES REFRESCOS S.A. Y OTROS s/DESPIDO Buenos Aires, 26 de abril de 2017.

se procede a votar en el siguiente orden:

El D.M.S.F. dijo:

  1. La representación letrada de la parte demandada apela a fs. 156/vta. la imposición de costas por su orden efectuada en la homologación de fs. 155 y por derecho propio a fs. 180 los honorarios que le fueron regulados a fs. 179, sin obrar réplica de la contraria.

  2. En primer término, respecto de las costas adelanto que los agravios intentados por la recurrente no habrán de tener resultado positivo.

    En el caso que nos ocupa, las partes arribaron a un acuerdo conciliatorio (fs. 150/152), por lo que el principio rector en materia de costas que encuentra su razón de ser en el hecho objetivo de la derrota (art. 68 CPCCN) resulta inaplicable a los fines de resolver el punto.

    En ese contexto de actuación, hizo bien el a quo en distribuir las costas como lo dispuso, por cuanto esa solución parece razonable en virtud de la forma de terminación del proceso y asimismo porque ese criterio se adecua al sostenido por esta S. en diversos pronunciamientos sobre igual situación.

    Por lo tanto, propongo desestimar el agravio impetrado por la parte demandada en torno a este punto y que se confirme lo resuelto en primera instancia.

  3. En cuanto a los honorarios regulados a la representación letrada de la parte demandada, los que son apelados por estimarlos reducidos, teniendo en cuenta el resultado del juicio y el monto reclamado en el proceso, propongo, con apoyo en lo normado por el art. 38 de la L.O., mínimos arancelarios vigentes, la importancia, mérito y calidad de las tareas llevadas a cabo, que sean confirmados en cuanto fueron objeto de recurso.

  4. Costas de alzada por su orden, atento a la naturaleza de la cuestión planteada y la forma de resolverse la cuestión (arts. 68, ...

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