Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 30 de Marzo de 2022, expediente FSA 013155/2016/CA001

Fecha de Resolución30 de Marzo de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PREVISIONAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I

LUIS, L.A. c/ ANSES

S/ REAJUSTES VARIOS

EXPTE.

Nº FSA 13155/2016/CA1 (Juzgado Federal Nº 2 de Salta)

ta, de marzo de 2022.

VISTO:

El recurso extraordinario interpuesto por la ANSeS en contra de la sentencia dictada por este Tribunal el 8/3/22, y CONSIDERANDO:

I) Que esta Sala I rechazó los agravios de ANSeS dirigidos a cuestionar lo decidido en grado sobre la redeterminación del haber inicial, el posterior reajuste por movilidad y los topes de los arts. 24 y 26 de la ley 24.241

y, consecuentemente, confirmó lo decidido en la anterior instancia sobre dichos aspectos; desestimó el reclamo de la demandada vinculado a la aplicación de los índices previstos en la ley 27.260, el decreto 807/16 y la resolución de la Secretaría de Seguridad Social de la Nación 6/16, de conformidad al precedente “B., L.O.” (Fallos: 341:1924); rechazó las objeciones dirigidas a cuestionar lo decidido en grado respecto al reajuste por movilidad del haber del actor, con los alcances indicados en el antecedente de esta Sala I “Alaniz,

D.H. c/ Anses s/Reajustes Varios” Expte. 16065/18, sentencia del 10/8/21; confirmó el diferimiento de la valoración de la procedencia del reclamo del recálculo de la PBU para la etapa de liquidación, de conformidad con el fallo “Quiroga, C.A.” (Fallos: 337:1277) y con los alcances Fecha de firma: 30/03/2022

Firmado por: M.V.C.O., SECRETARIA DE CAMARA

Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: E.S.E., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: SANTIAGO FRENCH, JUEZ DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I

indicados en los precedentes de esta Sala “Soule, H.N. c/ ANSeS s/

Reajustes Varios” Expte. 1546/17, sentencia del 2/6/20 y “C., P.d.V. c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” Expte. 16332/17, sentencia del 18/8/20; y, finalmente, hizo lugar parcialmente al agravio de la accionada respecto al art. 14 de la resolución SSS N° 6/09, revocó lo decidido en grado y difirió el tratamiento del planteo de su inconstitucionalidad para la etapa de ejecución de sentencia, oportunidad en que deberá determinarse si la aplicación de dicho tope sobre el haber previsional del accionante genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por la CSJN en “A.C.” (Fallos: 323:4216); con costas por el orden causado (art. 21 de la ley 24.463).

II) Que en su recurso extraordinario el organismo previsional después de afirmar que se encuentran cumplidas las exigencias formales para su...

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