Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 27 de Marzo de 2023, expediente COM 017746/2022/CA001

Fecha de Resolución27 de Marzo de 2023
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL - SALA B

17746 /2022- LOPEZ, I.A. c/ FCA S.A. DE AHORRO PARA

FINES DETERMINADOS s/OFICIOS LEY 22.172

Juzgado N°14 - Secretaria N°27

Buenos Aires,

Y VISTOS:

  1. Para revisar los honorarios regulados a la perito contadora se considerarán las tareas efectuadas, el informe presentado y el tiempo insumido 2. Con relación a lo manifestado por la letrada de la parte actora, no escapa a este Tribunal la regla general que establece que los honorarios de los profesionales deben ser regulados con la sentencia que pone fin al pleito no sólo por la determinación de la base sobre la cual estimar los estipendios, sino, además, para establecer la distribución de las costas.

    No obstante, tratándose de tareas cumplidas por una auxiliar de la justicia en el marco de un oficio diligenciado en los términos de la ley 22.172, corresponde efectuar la regulación de tales estipendios conforme lo establece el art. 10 de la ley 27.423 y el art. 21 in fine que admitió

    expresamente la posibilidad de acudir a la directiva contenida en el art. 478

    del código procesal, a los efectos de fijar los estipendios de tales profesionales (conf. esta Sala in re:: “Irle, P.E. c/ Banco Patagonia S.A. s/ oficios ley 22.172 del 05.08.2022).

    Fecha de firma: 27/03/2023

    Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA

  2. Sin perjuicio de ello este Tribunal estima conducente disponer, de acuerdo a las previsiones del art. 1255 CCCN, que “si la aplicación estricta de los aranceles locales conduce a una evidente e injustificada desproporción entre la retribución resultante y la importancia de la labor cumplida, el juez puede fijar equitativamente la retribución”

    debiéndose adecuar aquella a su justa medida, por la cual habrán de valorarse especialmente las tareas llevadas a cabo por la profesional interviniente (conf. esta Sala in re: Cuccoro, H. c/ Volkswagen S.A. de Ahorro PDF s/ oficios ley 22172” del 23.11.2022; in re: E., P. c/

    Prisma medios de pago S.A. s/ oficios ley 22.172” del 02.11.2022 ; in re:

    R., Cesar Adrián c/ Mercado Libre S.R.L. s/oficios ley 22.172

    del 26.10.2022; in re: “P., D.R. c/ Prisma medios de pago S.A.

    s/oficios ley 22.172” del 26.10.2022)

    Por todo lo expuesto, se reducen a 5,50 UMA -equivalentes a sesenta y ocho mil seiscientos treinta y cuatro pesos con cincuenta centavos ($ 68.634,50)- los estipendios de la perito contadora C.R....

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