Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii, 30 de Agosto de 2016, expediente CNT 044953/2012/CA001

Fecha de Resolución30 de Agosto de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II SENTENCIA DEFINITIVA NRO.: 109307 EXPEDIENTE NRO.: 44953/2012 AUTOS: L.E.A.M. c/ CERVECERIA Y MALTERIA QUILMES S.A.I.C.A. Y G. s/DESPIDO VISTO

Y CONSIDERANDO:

En la ciudad de Buenos Aires, el 30 de agosto de 2016, reunidos los integrantes de la Sala II a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia definitiva en estas actuaciones, practicado el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

La Dra. G.A.G. dijo:

Contra la sentencia de fs. 271/74 que hizo lugar a la acción deducida se alza la demandada a tenor del memorial recursivo obrante a fs. 275/77, que mereció réplica de su contraria a fs. 283/85.

La accionada se queja porque se consideró ajustado a derecho el despido indirecto decidido por el trabajador, y que para ello se evaluase que no se probó la imposibilidad de otorgar tareas acordes a la nueva aptitud del actor, cuando, según el recurrente, lo que debía merituarse era la procedencia o no de dejar sin efecto la situación de reserva del puesto contenida en el art. 211 de la LCT sin un alta definitiva.

Agrega que no le fue entregado un certificado médico con un diagnóstico o un alta definitiva, sino que sólo se indicó que el paciente no padecía crisis y que su patología había evolucionado. Finalmente, apela la procedencia del incremento indemnizatorio previsto en el art. 2 de la ley 25.323 pues entiende que el art. 212 de la LCT plantea una situación diferente a la de un despido sin causa en el cual el empleador omite el pago de las respectivas indemnizaciones provenientes del despido, por lo que sostiene que la condena en base a dicho incremento indemnizatorio resulta injusta.

Luego de un detenido análisis de los fundamentos vertidos en la demanda y en su respectiva contestación, como también de la sentencia apelada y del recurso interpuesto por la accionada, adelanto que la queja no puede tener favorable tratamiento. Esto es así, por las consideraciones que paso a exponer a continuación.

En esta causa, la accionada comunicó al actor –que padecía trastorno de Meniere- el comienzo del período de reserva del puesto de trabajo previsto en el art. 211 de la LCT, luego de haber vencido el plazo de licencia con goce de sueldo dispuesto en el art. 208 del mismo texto legal –fs. 24-.

Fecha de firma: 30/08/2016 Firmado por: G.A.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.A.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.F., SECRETARIO INTERINO #20098209#159506243#20160830105321244 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II El trabajador rechazó los términos contenidos en dicha misiva e intimó a su empleador para que le fueran otorgadas tareas pues, sostuvo, se encontraba en condiciones de trabajar –fs. 25-.

Como consecuencia de ello, la demandada le indicó al actor que se presentara ante el servicio médico de la empresa, a los efectos de ejercer el debido control del art. 210 de la LCT –fs. 26-.

Luego, en razón del informe del mencionado servicio médico, la accionada alegó que el actor no se encontraba en condiciones de trabajar y ratificó la continuación del período de reserva del puesto de trabajo, rechazando además que la médico particular del actor, Dra. A.V., le hubiese autorizado a prestar tareas por ocho horas diarias, con tareas livianas y con aislamiento sonoro –fs. 30-, tal como el demandante había invocado en su misiva de fs. 28.

El accionante volvió a intimar a su empleador para que le fueran otorgadas tareas, de conformidad con el deber de ocupación y rechazando la procedencia del período de reserva del puesto de trabajo. En la misma epístola emplazó a la demandada para que manifestara el resultado del...

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