Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 4 de Octubre de 2019, expediente CFP 013816/2018/219/CA021

Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2019
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 13816/2018/219/CA21 CCCF - Sala I CFP 13.816/2018/219/CA21 “., C.M. s/

excarcelación”

Juzgado N° 11 - Secretaría N° 21 Buenos Aires, 4 de octubre de 2019.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

  1. Para resolver respecto al recurso interpuesto por el Dr. F.L., letrado defensor del imputado C.M.L., contra la resolución de fojas 32/35, que dispuso rechazar la excarcelación de su asistido (art. 319 del CPPN).

    Mediante escrito de fs. 40/47 la defensa impugnó

    la denegatoria del beneficio solicitado por los argumentos allí

    volcados, los cuales fueron mantenidos y desarrollados en la etapa prevista en el art. 454 del CPPN.

  2. Más allá de la imputación que recae en estas actuaciones sobre el recurrente, en este caso concreto, el Ministerio Público F. ha dictaminado a favor de la concesión del beneficio peticionado.

    En primer lugar, sostuvo el señor F. que la situación procesal de C.M.L. en esta instancia ya ha sido resuelta mediante auto de procesamiento -que a la fecha no ha adquirido firmeza- y que la prueba que ha llevado a la adopción de este temperamento ya se encuentra producida y por lo tanto asegurada, no advirtiéndose la necesidad -al menos inmediata- de producción de otras medidas distintas a las que ya se encuentran resguardadas.

    Fecha de firma: 04/10/2019 Alta en sistema: 07/10/2019 Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: P.D.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: A.P., SECRETARIA DE CAMARA #34113938#246246951#20191004133608076 Además destacó “…que en el marco de uno de los procesos a los que expresamente se remitiera el fundamento de su prisión preventiva en esta causa, recientemente ha sido concedida su excarcelación bajo la consideración, según el Tribunal interviniente, de la inexistencia de actos obstructivos para el proceso. También en el marco de la causa N.. 20.509/17 del registro de Juzgado N° 5 del Fuero….se dispuso el sobreseimiento del nombrado, circunstancia que especialmente fue tenida en cuenta por el Tribunal Oral antes referido al resolver su excarcelación…”

    Por esta razón y no vislumbrándose por el momento, elementos que permitan suponer un comportamiento obstructivo que, en adelante, pongan en riesgo el avance de la investigación, ni presumir, que de recuperar el imputado su libertad, podría intentar eludir la acción de la justicia, el señor F. no se opuso a que se conceda el beneficio peticionado. (v. dictamen de fs.

    31/31vta.)

    Esta opinión...

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