Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 23 de Junio de 2023, expediente CAF 007945/2021/CA001

Fecha de Resolución23 de Junio de 2023
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I

7945 / 2021 LOIACONO, RENZO TOMAS c/ EN-M

SEGURIDAD-PFA-DTO 2744/93 491/19 s/PERSONAL MILITAR Y

CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG Juzg. n° 1

Buenos Aires, 23 de junio de 2023.- MSP

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que el juez hizo lugar a la demanda promovida por personal de la Policía Federal Argentina y ordenó al Estado Nacional que incorpore al haber mensual del actor, con carácter remunerativo y bonificable, los suplementos creados por los decretos 2744/1993 —y sus modificaciones—

    1322/2006, 380/2017 —función policial operativa— y 491/2019 —función investigaciones—, desde los dos años anteriores al acto interruptivo de la prescripción acreditado —reclamo administrativo, o en su defecto,

    presentación de la demanda—. Distribuyó las costas en el orden causado.

  2. Que la parte demandada apeló y expresó agravios, que no fueron contestados.

  3. Que con respecto al decreto 2744/1993, el caso es sustancialmente análogo al precedente “Bertoia” (expte. nº 17.069/2010),

    pronunciamiento del 8 de marzo de 2012, en el que esta sala admitió la pretensión de la parte actora y reconoció el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos establecidos en dicho decreto.

    El artículo 14 del decreto 142/2022 derogó, a partir del 1º de abril de 2022, el suplemento “por responsabilidad por cargo o función”, previsto en el artículo 2º del decreto 2744/1993 y sus modificaciones.

  4. Que el agravio referente al decreto 1322/2006 no puede prosperar, dado que encuentra una adecuada respuesta en el precedente “Vergara” (expte. nº 22929/09), pronunciamiento de esta sala del 24 de Fecha de firma: 23/06/2023

    Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: CLARA M.D.P., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA

    noviembre de 2011, criterio que fue confirmado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “J.W.” (sentencia del 8 de octubre de 2013).

    Corresponde, por tanto, incorporar al haber mensual de la parte actora la suma fija establecida en los términos del decreto 1322/2006 como asignación remunerativa y bonificable hasta la entrada en vigencia del decreto 491/2019 (esta sala, causa “Q.” —expte. n° 13022/2020—,

    pronunciamiento del 1° de febrero de 2022).

  5. Que la cuestión concerniente a los suplementos creados por los decretos 380/2017 y 491/2019 (códigos 076, 077 o 078) es sustancialmente análoga a las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR