Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 1 de Noviembre de 2018, expediente CAF 028107/2018/CA001

Fecha de Resolución 1 de Noviembre de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV Expte. Nº 28107/2018/CA1: “L., Chengkun c/ Estado Nacional – Dirección Nacional de Migraciones s/ Recurso Directo DNM”

Buenos Aires, 1º de noviembre de 2018.

VISTOS:

Estos autos “L., Chengkun c/ Estado Nacional –

Dirección Nacional de Migraciones s/ Recurso Directo DNM”; y CONSIDERANDO:

  1. ) Que a fs. 102/103, la señora jueza de primera instancia:

    (i) rechazó, con costas, el recurso deducido por el ciudadano de nacionalidad china C.L., contra la disposición de la Dirección Nacional de Migraciones (en adelante, DNM) SDX 63.953/18, que denegó el recurso jerárquico interpuesto contra la disposición SDX 124.187/17, por medio de la cual se declaró irregular su permanencia en el país, se ordenó su expulsión del territorio nacional y se prohibió su reingreso por el término de cinco (5) años; y (ii) dispuso, una vez firme el decisorio, la retención del extranjero en los términos y a los fines previstos por los arts. 69 septies y 70 de la ley 25.871 (texto según decreto 70/17).

    Para así resolver, de forma liminar, rechazó el planteo de inconstitucionalidad del decreto 70/17 mediante una remisión a los fundamentos y conclusiones vertidos en precedentes análogos.

    En lo que respecta a la cuestión de fondo, consideró que la situación del actor encuadraba en el impedimento de ingreso y permanencia en el territorio nacional contemplado en el artículo 29, inciso i –actual k–, de la ley 25.871. Sobre dicha base, sostuvo que la DNM se había limitado a hacer uso de sus facultades legales, sin avizorar ningún rasgo de arbitrariedad o irrazonabilidad en la medida adoptada.

  2. ) Que, contra ese pronunciamiento, el actor interpuso y fundó recurso de apelación a fs. 105/108; que fue concedido a fs. 109 y replicado a fs. 110/118.

    A fs. 123/124 se expidió el Sr. F. General que interviene ante esta Cámara, con lo que llegan las actuaciones a instancia de resolver.

  3. ) Que, en concreto, el apelante esboza los siguientes agravios:

    (i) No se trató el planteo de inconstitucionalidad del decreto 70/17 en su integridad, es decir, en lo relativo a: (a) la falta del control Fecha de firma: 01/11/2018 Alta en sistema: 02/11/2018 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA #31744864#220527241#20181101085817316 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV Expte. Nº 28107/2018/CA1: “L., Chengkun c/ Estado Nacional – Dirección Nacional de Migraciones s/ Recurso Directo DNM”

    legislativo previsto en la ley 26.122; (b) la ausencia de los presupuestos de hecho que facultarían su dictado conforme lo previsto en el art. 99, inc. 3; c) la regulación...

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