Ley Nro. 9391 - EMERGENCIA EN LA ESPECIALIDAD DE ANESTESIOLOGÍA

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición17 de Mayo de 2022

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA,

SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y :

ART. 1

Declárese la emergencia en la especialidad de anestesiología, en todos los servicios y/o unidades y/o divisiones y/o secciones de los establecimientos sanitarios del subsector público de la Provincia de Mendoza, por el plazo de ciento veinte (120) días con el objetivo de asegurar a la población el acceso a los servicios de anestesiología de forma equitativa y oportuna, el mencionado plazo será prorrogable por otro período igual por única vez, por Decreto del Poder Ejecutivo, el que entrará en plena vigencia luego de su ratificación legislativa. .

ART. 2

Las contrataciones de los profesionales de salud que se dispongan en el marco de la presente Ley quedarán exceptuadas del límite establecido en el último párrafo del Artículo 12 del Anexo de la Ley N° 7759, aún cuando el contratado pertenezca a la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal.

ART. 3

Las renuncias de los profesionales que presten servicios y/o cumplan funciones en los servicios de anestesiología de los establecimientos de salud del subsector público, se harán efectivas una vez notificada su aceptación o transcurrido el plazo de ciento veinte (120) días corridos de presentada la misma.

Durante este periodo, el profesional que haya presentado su renuncia, deberá cumplir con las exigencias y necesidades de su servicio y/o funciones profesionales. En caso de incumplimiento, será de aplicación la sanción de suspensión en el ejercicio profesional de un (1) mes a cinco (5) años, conforme a lo establecido en el Artículo 35 de la Ley Nº 2636 y su Decreto Reglamentario, sin perjuicio de las acciones penales y civiles que pudieran corresponder.

ART. 4

El Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes podrá convocar: a ex residentes y/o ex jefes de residentes de la especialidad de anestesiología egresados del Sistema Provincial de Residencias y/o a profesionales anestesiólogos que hayan prestado servicios en el Estado en los últimos cinco (5) años, con el fin que presten servicios, incluidas las guardias-tanto de semana como de fines de semanas y/o feriados-, en los hospitales comprendidos en el subsector público de la salud, considerando esta convocatoria como una carga pública, en el marco de la emergencia declarada en el artículo 1º de la presente Ley y teniendo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR