Ley Nº 7.992
Emisor | Ministerio de Hacienda |
Fecha de la disposición | 16 de Diciembre de 2008 |
LEY Nº 7.992
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de
L E Y:
Autorízase a la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 6.071 y modificatorias a suscribir como fiduciante, inversor, fideicomisario y/o beneficiario, contratos de fideicomiso cuyas finalidades principales consistan en:
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Asistir financieramente a los productores, industrializadores y comercializadores vinculados a la actividad productiva de la Provincia de Mendoza.
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Securitizar la cartera generada con motivo de la ejecución de los fideicomisos indicados en el inciso anterior, únicamente con Bancos Oficiales de la Nación Argentina.
Autorízase a la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 6.071 y modificatorias a formalizar los contratos de fideicomiso en forma directa con Mendoza Fiduciaria S. A., sociedad autorizada por Ley N° 7.378 y/o Nación Fideicomiso S.A., para que los mismos actúen como fiduciarios o fiduciantes conjunta o indistintamente, pudiendo formalizarse uno o varios contratos de fideicomiso distintos con cada uno de ellos, conforme se considere conveniente.
El patrimonio fideicomitido podrá ser integrado, además del aporte mencionado en el artículo 3°, por sumas de dinero provenientes de inversores en el fideicomiso, mediante la suscripción de títulos de deuda y/o certificados de participación que emita cualquiera de los fiduciarios y/o sumas de dinero provenientes del Gobierno Nacional y/o de otras entidades, como aportes directos al fideicomiso o créditos otorgados a la fiduciante, para que ésta integre los fondos al patrimonio fiduciario.
La manda fiduciaria de los fideicomisos previstos en el artículo 1° de la presente Ley, consistirá en:
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Asistir financieramente a los productores, industrializadores y comercializadores vinculados a la actividad productiva de la Provincia de Mendoza.
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Otorgar préstamos a establecimientos elaboradores de vino y/o mosto sulfitado y/o establecimientos concentradores de este último producto, destinados a exportación, para la adquisición de uva y/o vino y/o mosto sulfitado a personas físicas o jurídicas con emprendimientos radicados dentro del territorio de la Provincia de Mendoza.
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Solicitar las garantías reales o personales, pudiendo utilizarse como aseguramiento del pago de los créditos la figura del Fideicomiso en Garantía, todo conforme la reglamentación que se establezca en el contrato de fideicomiso a celebrar.
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Procurar la securitización de la cartera de créditos para obtener financiamiento de parte de terceros inversores, únicamente con Bancos Oficiales de la Nación Argentina.
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Emitir o disponer la emisión de Valores Representativos de Deuda y/o Certificados de Participación, con la garantía de aval y/o fianza de la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 6.071 y modificatorias...
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