Ley N° 588
Firmantes | Enríquez-Alemany |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 26 de Abril de 2001 |
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
LEY N° 588
DISUELVE EL PROGRAMA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, CREADO POR ORDENANZA N° 52.386 (B.O.C.B.A. N° 348)
Buenos Aires, 26/04/2001
LA LEGISLATURA DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Disuélvese al 30/4/2001 el Programa de Gestión Administrativa del Concejo Deliberante de la Ciudad de Buenos Aires creado por Ordenanza N° 52.386 (B.O. N° 348), teniéndose por cumplidos los objetivos que se dispusieran al momento de su creación.
Transfiérese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el archivo de los decretos administrativos emanados de las autoridades del ex Concejo Deliberante, bajo inventario.
Transfiérense a la Dirección General de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los archivos de personal (legajos, recibos y libros de sueldos y demás documentación) del ex Concejo Deliberante, bajo inventario, debiendo continuarse ante dicha Dirección General todos los trámites derivados de los mismos.
Transfiérese a la Dirección General de Contaduría, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el resto de los archivos administrativos del ex Concejo Deliberante, realizándose también el inventario correspondiente.
La Dirección General de Recursos Humanos será la encargada de la liquidación y pago del Fondo de Compensación Salarial previsto en el Art. 9° y siguientes de la Ley N° 207.
Sustitúyese el Art. 3° de la Ley N° 207, el que quedará redactado de la siguiente manera:
El Vicepresidente 1ro. de la Legislatura y el Subsecretario de Gestión Operativa de la Secretaría de Hacienda y Finanzas serán la autoridad de aplicación del Régimen previsto en la presente ley, quedando facultados para resolver en forma conjunta las relocalizaciones de los agentes del ex Concejo Deliberante de la Ciudad de Buenos Aires que al 1° de mayo de 2001 no se encuentren relocalizados, los que pasarán a depender en forma provisoria de la Dirección General de Recursos Humanos- conservando su último nivel remunerativo- hasta sus reubicaciones definitivas, las que deberán...
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