Ley N° 360

FirmantesCaram - GÉ
Jefe de GobiernoEnrique Olivera
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 6 de Abril de 2000

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 360

OTORGASE PARA TODOS LOS AGENTES UNA LICENCIA ESPECIAL CON GOCE DE HABERES A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PERIODO DE LICENCIA POR MATERNIDAD EN LOS CASOS EN QUE LOS HIJOS/AS NACIERAN CON NECESIDADES ESPECIALES. ALCANCES

Buenos Aires, 06/04/2000

LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1°

Otórgase en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para todos los agentes públicos que se desempeñan en los distintos Poderes de la Ciudad, entes autárquicos y descentralizados, y organismos de control, una licencia especial de hasta 180 (ciento ochenta) días corridos con goce íntegro de haberes a partir del vencimiento del período de licencia por maternidad en los casos en que los hijos/as nacieran con necesidades especiales. Este beneficio alcanzará a la madre o al padre indistintamente.

Art. 2°

Los agentes públicos deberán presentar certificado médico que así lo justifique según lo establecido en la Ley N° 22.431 y concordantes.

Art. 3°

En el caso de guarda con miras a la adopción de un recién nacido que tenga las características mencionadas en el artículo 1°, se aplicará el beneficio de la presente Ley.

Art. 4°

En aquellos regímenes o estatutos especiales que contemplan período de excedencia, tal derecho podrá usufructuarse con posterioridad al goce de la licencia establecida por la presente Ley.

Art. 5°

Invítase a las empresas e instituciones privadas con sede o que desarrollen su actividad en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a las disposiciones de esta Ley.

Art. 6°

Comuníquese, ctc.

CARAM

Rubén Gé

LEY N° 360

ANEXOS

En virtud de lo prescripto en el Art. 8° del Decreto N° 2.343-GCBA-98, certifico que la Ley N° 360, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 6 de abril de 2000, ha quedado promulgada automáticamente el 9 de mayo de 2000.

Dése al...

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