Ley N° 2107

FirmantesDe-Estrada-Bello
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición12 de Octubre de 2006

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 2107

ESCUELA DE EDUCACIÓN DEL ADULTO Y EL ADOLESCENTE N° 6, D.E. 20 - SE AUTORIZA LA MODIFICACIÓN DE DESTINO DE CUOTAS DE MATERIAL DIDÁCTICO

Buenos Aires, 12/10/2006

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1°

Autorízase a la Escuela de Educación del Adulto y el Adolescente N° 6 del Distrito Escolar 20, la modificación de destino de las siguientes cuotas de material didáctico (Ordenanza N° 43.410, B.M. N° 18.474, A.D. 162.23): segunda cuota del año 2004 ($ 203), primera cuota de 2005 ($ 560), segunda cuota de 2005 ($ 530) y primera cuota de 2006 ($ 580), para ser utilizado en reequipamiento (Ordenanza N° 43.406, B.M. N° 18.473, A.D. 162.21), para la actualización de una parte del parque informático.

Artículo 2°

La autorización otorgada no exceptúa la rendición de cuentas que corresponda, la que debe seguir el trámite ordinario en la dependencia respectiva del Poder Ejecutivo.

Artículo 3°

Comuníquese, etc.

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 2.107 (Expediente N° 73.168/06), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 12 de octubre de 2006 ha quedado automáticamente promulgada el día 10 de noviembre de 2006.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, gírese copia a Legislatura de la...

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