Ley N° 1889

FirmantesDe Estrada - Alemany
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 6 de Diciembre de 2005

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 1889

CONDONACIÓN A LA SOCIEDAD ARGENTINA DE CULTURA LAS DEUDAS POR ALUMBRADO, BARRIDO Y LIMPIEZA, CONTRIBUCIÓN TERRITORIAL, DE PAVIMENTOS Y ACERAS Y LEY N° 23.514 DEL INMUEBLE DE LA CALLE LARREA 1.585. ABL

Buenos Aires, 06/12/2005

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1°

Condónase a la "Sociedad Argentina de Cultura", Asociación Civil sin fines de lucro, las deudas que mantiene con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el impuesto de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Contribución Territorial, de Pavimentos y Aceras y Ley N° 23.514 que grava el inmueble sito en la calle Larrea 1585, -puerta alternativa Larrea 1500- de esta Ciudad de Buenos Aires, Partida N° 0448195.

Artículo 2°

A los fines de la vigencia del artículo 1° de la presente ley la existencia de eventuales pagos imputados a la cancelación de la deuda condonada no da lugar a reclamos, reintegros o repeticiones de suma alguna abonada.

Artículo 3°

Si correspondiera, el beneficiario se hará cargo de las costas y costos por el reclamo judicial iniciado.

Artículo 4°

Comuníquese, etc.

Buenos Aires, 16 de enero de 2006.

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el art. 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 1.889 (Expediente N° 89.944/05), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 6 de diciembre de 2005 ha quedado...

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