Ley N° 1643

FirmantesDe Estrada-Alemany
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 3 de Marzo de 2005

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 1643

INMUEBLE HUMBOLDT 486/540: SE LO DECLARA DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIÓN EXPEDIENTE N° 15. 301/05 - DECLARACIÓN - UTILIDAD PÚBLICA - CENTRO POLIDEPORTIVO - SEDE SOCIAL DE LA ASOCIACIÓN CIVIL CLUB ATLÉTICO ATLANTA - CONTRATO DE COMODATO - CONSTRUCCIÓN DE ESCUELAS - CENTRO CULTURAL - ESPACIOS VERDES - VILLA CRESPO- COLEGIOS SECUNDARIOS - CLASES DE EDUCACIÓN FÍSICA

Buenos Aires, 03/03/2005

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1°

Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la calle Humboldt 486/540, nomenclatura catastral: Circ. 15; Secc. 47; Manzana 161, Fracciones A y C, y Manzana 180 Fracción A.

Artículo 2°

La fracción identificada como Circ. 15; Secc. 47; Manzana 180, Fracción A. del inmueble citado en el artículo 1° será destinada para el funcionamiento del centro polideportivo y sede social de la Asociación Civil Club Atlético Atlanta, conforme los términos del comodato que obra como Anexo I de la presente.

Artículo 3°

Las fracciones del predio referido en el artículo 1° identificadas como Circ. 15; Secc. 47; Manzana 161, Fracción A y C, serán destinadas por el Poder Ejecutivo para la construcción de una escuela, un centro cultural y espacio verde.

Artículo 4°

El precio de los bienes sujetos a expropiación se determinará de acuerdo a lo establecido en el artículo 10 de la Ley N° 238.

Artículo 5°

Los gastos que demande el cumplimiento de la...

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