LEY H-3205. Creacion de tribunales, fiscalias, defensorias y cargos de magistrados, funcionarios y empleados (Antes Ley 26632)

Fecha de Última Modificación31/03/2013
RamaConstitucional
Rango de LeyLey
Fecha de Publicación 8 de Septiembre de 2010
Fecha de Sanción11 de Agosto de 2010
Fecha de Promulgación 6 de Septiembre de 2010

TEXTO DEFINITIVO LEY H-3205 (Antes Ley 26632) Sanción: 11/08/2010 Promulgación: 06/09/2010 Publicación: B.O. 08/09/2010

Actualización: 31/03/2013 Rama: H - Constitucional

CREACION DE TRIBUNALES, FISCALIAS, DEFENSORIAS Y CARGOS DE MAGISTRADOS, FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS

Artículo 1

Créanse dos (2) Tribunales Orales en lo Criminal Federal con asiento en la Capital Federal, que llevarán los números 7 y 8 respectivamente, con una (1) Secretaría cada uno.

Artículo 2

Créase un (1) Tribunal Oral en lo Criminal Federal con asiento en la ciudad de Córdoba, que llevará el Nº 3, con una (1) Secretaría. Artículo 3 - Créase un (1) Tribunal Oral en lo Criminal Federal con asiento en la ciudad de La Plata, que llevará el Nº 3, con una (1) Secretaría. Artículo 4 - Créase un (1) Tribunal Oral en lo Criminal Federal con asiento en la ciudad de Rosario, que llevará el Nº 3, con una (1) Secretaría. Artículo 5 - Créase un (1) Tribunal Oral en lo Criminal Federal con asiento en la ciudad de Salta, que llevará el Nº 2, con una (1) Secretaría. El actual Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta se denominará Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de Salta.

Artículo 6

Créanse seis (6) Fiscalías Generales que actuarán respectivamente ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal que se erigen por la presente ley, con asiento en la Capital Federal, Córdoba, La Plata, Rosario y Salta, con una (1) Secretaría cada una.

Artículo 7

Créanse seis (6) Defensorías Públicas Oficiales que actuarán respectivamente ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal que se erigen por la presente ley, con asiento en la Capital Federal, Córdoba, La Plata, Rosario y Salta, con una (1) Secretaría cada una.

Artículo 8

Créanse los cargos de magistrados, funcionarios y empleados a que se refiere el Anexo A adjunto y que forma parte de la presente ley.

Artículo 9

El Consejo de la Magistratura y el Ministerio Público remitirán las ternas de candidatos al Poder Ejecutivo nacional, por intermedio del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, dentro del plazo máximo de ciento veinte (120) días corridos contados desde el 08 de septiembre de 2010, quienes según sus respectivas competencias, deberán adoptar las medidas necesarias para la instalación de los cargos creados por esta ley y para el cumplimiento de los demás efectos derivados de su implementación.

Artículo 10

Los cargos previstos por esta ley se implementarán una vez que se cuente con el crédito presupuestario necesario para la atención de los gastos que su objeto demande, el que se imputará a los presupuestos para el ejercicio del año 2009 del Poder Judicial de la Nación, del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa, respectivamente.

Artículo 11

Los magistrados, funcionarios y empleados que se designen en los cargos creados sólo tomarán posesión de los mismos cuando se dé la condición financiera referida en el artículo precedente. Artículo 12 - La Corte Suprema de Justicia de la Nación, el Consejo de la Magistratura, la Procuración General de la Nación y la Defensoría General de la.

Nación, proveerán, en el ámbito de sus respectivas competencias, lo necesario para la instalación de los tribunales, fiscalías y defensorías con asiento en la Capital Federal, Córdoba, La Plata, Rosario y Salta, creados por la presente ley.

ANEXO A

PODER JUDICIAL DE LA NACION

Magistrados y funcionarios

Jueces de Cámara 18

Secretario de Cámara 6

Subtotal 24

Personal administrativo y técnico

Prosecretario de Cámara 6

Prosecretario Administrativo 12

Jefe de Despacho (relator) 18

Oficial Mayor 18

Escribiente 12

Subtotal 66

Personal de servicio, obrero y maestranza

Ayudante 6

Subtotal 6

Total 96

MINISTERIO PUBLICO FISCAL

Magistrados y funcionarios

Fiscal general 6

Secretario 6

Subtotal 12

Personal administrativo y técnico

Oficial mayor 6

Escribiente 6

Subtotal 12

Personal de servicio, obrero y maestranza Ayudante 6

Subtotal 6

Total 30

MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA Magistrados y funcionarios

Defensor Público Oficial 6

Secretario 6

Subtotal 12

Personal administrativo y técnico

Oficial mayor 6

Escribiente 6

Subtotal 12

Personal de servicio, obrero y maestranza Ayudante 6

Subtotal 6

Total 30

LEY H-3205

(Antes Ley 26632)

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