LEY H-1690. organización de la justicia federal de salta, provincia de salta (Antes Ley 23867)

Fecha de Última Modificación31/03/2013
RamaConstitucional
Rango de LeyLey
Fecha de Publicación30 de Octubre de 1990
Fecha de Sanción27 de Septiembre de 1990
Fecha de Promulgación19 de Octubre de 1990

TEXTO DEFINITIVO LEY H-1690 (Antes Ley 23867) Sanción: 27/09/1990 Promulgación: 19/10/1990 Publicación: B.O. 30/10/1990

Actualización: 31/03/2013 Rama: RAMA H- Constitucional

ORGANIZACIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL DE SALTA, PROVINCIA DE SALTA

Artículo 1º

Créase un (1) Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de Salta, provincia de Salta, el que se denominará Juzgado Federal de Primera Instancia N° 2 de la ciudad de Salta.

Art. 2º

El Juzgado que se crea tendrá la misma competencia territorial que el actualmente existente en dicha ciudad, el que pasará a denominarse Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de la ciudad de Salta.

Art. 3º

Créase una Cámara Federal de Apelaciones con sede en la ciudad de Salta, provincia de Salta y jurisdicción en las provincias de Salta y Jujuy.

Art. 4º

La Cámara Federal de Apelaciones que por esta ley se crea actuará como Tribunal de Alzada de los Juzgados Federales de su jurisdicción y se integrará con seis.

(6) miembros que actuarán divididos en dos (2) Salas.

LEY H-1690

(Antes Ley 23867)

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